Orden TMA/692/2020, de 15 de julio, por la que se aprueban normas técnicas aplicables al suministro de combustible a aeronaves de aviación civil.
BOE-A-2020-8554 · Boletín Oficial del Estado, 2020-07-25 · Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Orden TMA/692/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden TMA/692/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-07-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 202, 2020-07-25
- Entrada en vigor
- 2021-01-02
- Departamento
- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 54
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-8554
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La seguridad aérea en el suministro de combustible a las aeronaves de la aviación civil requiere medidas específicas que aseguren el mantenimiento de su calidad, garanticen que no está contaminado y que cumple las especificaciones correctas, así como que su manipulación se realiza con la precaución exigible y que se dispone de procedimientos diseñados para reducir al mínimo los riesgos de dicha actividad. Con este objeto, la Orden de 10 de marzo de 1988, sobre suministro de combustible de uso en aviación civil, del Ministro de Transportes, Turismo y Comunicaciones, estableció las instrucciones con las medidas de seguridad exigibles. Sin embargo, los avances a nivel nacional e internacional de este sector, en constante evolución, así como el incremento de compañías tanto en el ámbito de la gestión aeroportuaria como en el proceso de suministro de combustible, hacen necesaria una…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Generalidades.
- Artículo 5. Obligaciones y responsabilidades de las compañías suministradoras.
- Artículo 6. Obligaciones y responsabilidades de los operadores de almacenamiento.
- Artículo 7. Obligaciones y responsabilidades de los operadores de puesta a bordo.
- Artículo 8. Obligaciones y responsabilidades de los operadores de puesta a bordo para aviación general y trabajos aéreos.
- Artículo 9. Obligaciones y responsabilidades para el autoservicio.
- Artículo 10. Especificaciones de combustible de aviación.
- Artículo 11. Procesos del control de calidad.
- Artículo 12. Documentación de recepción y trazabilidad.
- Artículo 13. Registro de control de calidad.
- Artículo 14. Cambio de grado de combustible.
- Artículo 15. Control de calidad en caso de extracción de combustible de una aeronave (defuelling).
- Artículo 16. Requisitos generales.
- Artículo 17. Materiales de construcción de los tanques de almacenamiento.
- Artículo 18. Características generales de los tanques de almacenamiento.
- Artículo 19. Redes de hidrantes de combustible.
- Artículo 20. Tuberías.
- Artículo 21. Mangueras.
- Artículo 22. Sistemas de filtración.
- Artículo 23. Requisitos generales.
- Artículo 24. Identificación y señalización.
- Artículo 25. Vehículos de suministro.
- Artículo 26. Equipos estáticos de puesta a bordo.
- Artículo 27. Envases.
- Artículo 28. Mangueras.
- Artículo 29. Sistemas de filtración.
- Artículo 30. Requisitos generales.
- Artículo 31. Mantenimiento preventivo.
- Artículo 32. Mantenimiento correctivo.
- Artículo 33. Registro.
- Artículo 34. Requisitos generales.
- Artículo 35. Procedimientos de calidad.
- Artículo 36. Procedimientos de actuación ante emergencias.
- Artículo 37. Procedimientos operativos.
- Artículo 38. Control de fuentes de ignición y atmósferas explosivas.
- Artículo 39. Puesta a bordo.
- Artículo 40. Puesta a bordo de combustible, con pasaje a bordo, embarcando o desembarcando.
- Artículo 41. Puesta a bordo de combustible con envases o mediante equipos estáticos de puesta a bordo.
- Artículo 42. Extracción de combustible de una aeronave (defuelling).
- Artículo 43. Programa e itinerario formativo.
- Artículo 44. Contenido de las acciones formativas.
- Artículo 45. Contenido del sistema de gestión de seguridad operacional.
- Artículo 46. Generalidades.
- Artículo 47. Obligaciones y responsabilidades de los operadores de almacenamiento.
- Artículo 48. Obligaciones y responsabilidades de los operadores de puesta a bordo y los operadores de puesta a bordo para aviación general y trabajos aéreos.
- Artículo 49. Obligaciones y responsabilidades cuando se realice autoservicio de combustibles.
- Artículo 50. Inspección aeronáutica y régimen sancionador.
- Disposición adicional única. Medidas de ejecución.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden TMA/692/2020?
- Orden TMA/692/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden TMA/692/2020?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden TMA/692/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.