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Orden Vigente

Artículo 6. Obligaciones y responsabilidades de los operadores de almacenamiento.

Artículo 6 de la Orden TMA/692/2020, de 15 de julio, por la que se aprueban normas técnicas aplicables al suministro de combustible a aeronaves de aviación civil. · BOE-A-2020-8554

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-02.

Texto consolidado

Son obligaciones y responsabilidades de los operadores de almacenamiento:

a) Establecer los adecuados controles de calidad en los procesos de recepción, almacenamiento, manipulación y distribución dentro de su ámbito de actuación, para garantizar que el combustible de aviación cumple las especificaciones correspondientes, y detectar su posible contaminación conforme a los artículos 10, 11, 12, 13 y 14.

b) Asegurar que las instalaciones de almacenamiento de combustible de aviación cumplan con los requisitos establecidos en el capítulo IV.

c) Mantener las instalaciones y equipos utilizados en la recepción, manipulación, almacenamiento y distribución de combustible de aviación conforme a los requisitos establecidos en el capítulo VI.

d) Establecer los procedimientos internos conforme a los requisitos establecidos en el capítulo VII y asegurar su cumplimiento.

e) Realizar sus actividades con personal competente y adecuadamente formado en los procedimientos operativos, los procedimientos de calidad y los procedimientos de actuación ante emergencias dentro de su ámbito de competencia, conforme a los requisitos establecidos en el capítulo VIII.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-02.

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