Artículo 16. Requisitos generales.
Artículo 16 de la Orden TMA/692/2020, de 15 de julio, por la que se aprueban normas técnicas aplicables al suministro de combustible a aeronaves de aviación civil. · BOE-A-2020-8554
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-02.
Texto consolidado
1. Las instalaciones de almacenamiento deberán contar con los siguientes elementos de seguridad:
a) Diagramas esquemáticos de los principales elementos;
b) Señalización de seguridad e identificación de grado de combustible;
c) Equipos contra incendios; y
d) Parada de emergencia, excepto cuando su aplicación no suponga una mejora en la seguridad.
2. En todas las instalaciones de almacenamiento de combustible de aviación deberán estar segregados los diferentes productos por grado.
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- Ver la norma completa: Orden TMA/692/2020, de 15 de julio, por la que se aprueban normas técnicas aplicables al suministro de combustible a aeronaves de aviación civil.