Artículo 13. Registro de control de calidad.
Artículo 13 de la Orden TMA/692/2020, de 15 de julio, por la que se aprueban normas técnicas aplicables al suministro de combustible a aeronaves de aviación civil. · BOE-A-2020-8554
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-02.
Texto consolidado
Todas las tareas y comprobaciones asociadas al control de calidad del combustible de aviación deberán ser registradas, actualizadas y estarán disponibles para su comprobación por parte de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.