Artículo 33. Registro.
Artículo 33 de la Orden TMA/692/2020, de 15 de julio, por la que se aprueban normas técnicas aplicables al suministro de combustible a aeronaves de aviación civil. · BOE-A-2020-8554
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-02.
Texto consolidado
Todas las tareas de mantenimiento serán registradas por el respectivo operador y los documentos en que se registren estarán actualizados y disponibles para su comprobación por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.