Orden HAC/1300/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración General del Estado.
BOE-A-2002-10790 · Boletín Oficial del Estado, 2002-06-05 · Ministerio de Hacienda
Orden HAC/1300/2002 está derogada desde el 2011-11-17: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Orden HAC/1300/2002
- Fecha de la disposición
- 2002-05-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 134, 2002-06-05
- Entrada en vigor
- 2002-06-06
- Departamento
- Ministerio de Hacienda
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2011-11-17
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 157
- Identificador BOE
- BOE-A-2002-10790
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Mediante el Real Decreto 324/1986, de 10 de febrero, se implantó en la Administración General del Estado un Sistema de Información Contable (en adelante SIC) con soporte informático haciendo uso de los avances tecnológicos del momento, permitiendo una simplificación de los procedimientos contable-administrativos. Este sistema de información contable permitía llevar la contabilidad según el Plan General de Contabilidad Pública (PGCP) aprobado por Orden del Ministerio de Hacienda de 14 de octubre de 1981, modificado posteriormente en 1983.
Índice del articulado
- Apartado único. Aprobación de la Instrucción de Contabilidad para la Administración General del Estado.
- Disposición adicional única. Formación y rendición de cuentas en ejercicios en los que existan reorganizaciones administrativas.
- Disposición transitoria única. Información sobre inmovilizado no financiero.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Regla 1. Ámbito de aplicación.
- Regla 2. Aplicación del Plan General de Contabilidad Pública.
- Regla 3. Oficinas contables.
- Regla 4. Ejercicio contable.
- Regla 5. Destinatarios de la información contable.
- Regla 6. Definición.
- Regla 7. Objeto.
- Regla 8. Fines.
- Regla 9. Modelo contable.
- Regla 10. Configuración informática del Sistema.
- Regla 11. Soporte de los registros contables.
- Regla 12. En relación con la contabilidad de la Administración General del Estado.
- Regla 13. En relación con el soporte informático del SIC.
- Regla 14. De la Central Contable.
- Regla 15. De las Oficinas de Contabilidad de las Intervenciones Delegadas en los Ministerios y Subdirección General de Contabilidad del Ministerio de Defensa.
- Regla 16. De las Oficinas de Contabilidad de las Intervenciones de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
- Regla 17. De la Oficina de Contabilidad de la Intervención Delegada en la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
- Regla 18. Justificación.
- Regla 19. Medios de justificación.
- Regla 20. Soporte de las anotaciones contables.
- Regla 21. Autorización.
- Regla 22. Toma de razón.
- Regla 23. Archivo y conservación de los justificantes de las operaciones y de los soportes de las anotaciones contables.
- Regla 24. Conservación de los registros contables.
- Regla 25. Tipos de información.
- Regla 26. Garantía de la información contable.
- Regla 27. Delimitación.
- Regla 28. La Cuenta de la Administración General del Estado.
- Regla 29. Balance.
- Regla 30. Cuenta del resultado económico-patrimonial.
- Regla 31. Estado de liquidación del Presupuesto.
- Regla 32. Memoria.
- Regla 33. Estado operativo.
- Regla 34. Información de carácter financiero.
- Regla 35. Información sobre la ejecución de los gastos públicos.
- Regla 36. Información sobre la ejecución de los ingresos públicos.
- Regla 36 bis. Variación de resultados presupuestarios de ejercicios anteriores.
- Regla 37. Información sobre el inmovilizado no financiero.
- Regla 38. Información sobre las inversiones financieras.
- Regla 39. Información sobre el endeudamiento.
- Regla 40. Información sobre las operaciones de intercambio financiero.
- Regla 41. Información de operaciones no presupuestarias de Tesorería.
- Regla 42. Información de valores recibidos en depósito y operaciones de compraventa dobles sobre valores de la Deuda del Estado.
- Regla 43. Información de las operaciones por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos.
- Regla 44. Formación de la Cuenta de la Administración General del Estado.
- Regla 45. Rendición de cuentas.
- Regla 46. Remisión de la Cuenta de la Administración General del Estado al Tribunal de Cuentas.
- Regla 47. Conservación de la Cuenta de la Administración General del Estado.
- Regla 48. Publicación de la Cuenta de la Administración General del Estado.
- Regla 49. Delimitación.
- Regla 50. Nivel de la información.
- Regla 51. Soporte de la información.
- Regla 52. Información para publicar en el «Boletín Oficial del Estado».
- Regla 53. Información para el Congreso de los Diputados y Senado.
- Regla 54. Información estadística.
- PRIMERO. Tipos de ficheros.
- SEGUNDO. Nombre de los ficheros.
- TERCERO. Estructura de los ficheros.
- CUARTO. Características generales de los campos. (Grupo 3)
- QUINTO. Estructura de campos usuales.
- SEXTO. Formato de los registros/líneas de detalle.
- Grupo 2
- D01. Situación de la Deuda del Estado. Euros.
- D02. Creación de la Deuda del Estado. Euros.
- D03. Disminuciones de la Deuda del Estado. Euros.
- D04. Situación de la Deuda del Estado. Moneda distinta de euro.
- D05. Creación de la Deuda del Estado. Moneda distinta de euro.
- D06. Disminuciones de la Deuda del Estado. Moneda distinta de euro.
- D07. Deuda amortizada pendiente de reembolso. Euros y moneda distinta de euro.
- D08. Amortizaciones pendientes de aplicar al Presupuesto.
- D09. Intereses explícitos de la Deuda del Estado. Euros.
- D10. Intereses explícitos de la Deuda del Estado. Moneda distinta de euro.
- D11. Rendimientos implícitos y diferencias negativas entre los valores de reembolso y emisión de la Deuda del Estado. Euros.
- D12. Rendimientos implícitos y diferencias negativas entre los valores de reembolso y emisión de la Deuda del Estado. Moneda distinta de euro.
- D13. Diferencias de cambio de la Deuda del Estado.
- D14. Coste total de la Deuda del Estado.
- D15. Intereses pendientes de pago. Euros y moneda distinta de euro.
- D16. Intereses pendientes de aplicar a Presupuesto.
- D17. Letras del Tesoro.
- D18. Situación y movimiento del papel comercial en moneda distinta de euro con el siguiente formato de columnas:
- D19. Rendimientos implícitos del papel comercial en moneda distinta de euro. con el siguiente formato de columnas:
- D20. Avales
- I01. Descripción y características de las operaciones de intercambio financiero de divisas
- I02. Situación de las operaciones de intercambio financiero de divisas.
- I03. Intereses de las operaciones de intercambio financiero de divisas.
- I04. Resultado de las operaciones de intercambio financiero de divisas.
- I05. Valor de mercado de las operaciones de intercambio financiero de divisas y garantías recibidas.
- I06. Descripción y características de las operaciones de intercambio financiero de intereses.
- I07. Situación de las operaciones de intercambio financiero de intereses.
- I08. Resultado de las operaciones de intercambio financiero de intereses.
- J01. Información sobre operaciones de compraventa dobles sobre valores de la Deuda del Estado.
- C01. Información sobre créditos
- C02. Información sobre inversiones financieras en patrimonio.
- C03. Balance de resultados e informe de gestión.
- Grupo 3
- [A01]. Presupuesto de gastos. Ejercicio corriente.
- [A02]. Proyectos de inversión.
- [A03]. Contratación administrativa: procedimientos y situación.
- [A04]. Contratación administrativa: adjudicatarios.
- [A05]. Transferencias de capital concedidas.
- [A06]. Subvenciones de capital concedidas.
- [A07]. Transferencias corrientes concedidas.
- [A08]. Subvenciones corrientes concedidas.
- [A09]. Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto.
- [A10]. Acreedores por periodificación de gastos presupuestarios.
- [A11]. Anticipos de tesorería
- [A12]. Presupuesto de gastos. Ejercicios cerrados.
- [A13]. Gastos plurianuales.
- [A14]. Presupuesto de ingresos. Ejercicio corriente. Previsiones.
- [A15]. Presupuesto de ingresos. Ejercicio corriente. Ejecución.
- [A16]. Presupuesto de ingresos. Ejercicios cerrados.
- [A17]. Derechos presupuestarios pendientes de cobro según su grado de exigibilidad (presupuesto corriente).
- [A18]. Derechos presupuestarios pendientes de cobro según su grado de exigibilidad (presupuestos cerrados).
- [A19]. Información sobre el inmovilizado material.
- [A20]. Información sobre inversiones financieras en capital y valores de renta fija.
Normas que la modifican o afectan (12)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden HAC/1300/2002?
- Orden HAC/1300/2002 está derogada desde el 2011-11-17: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden HAC/1300/2002?
- El BOE registra 12 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden HAC/1300/2002?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.