Regla 5. Destinatarios de la información contable.
Regla 5 de la Orden HAC/1300/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración General del Estado. · BOE-A-2002-10790
Atención: Orden HAC/1300/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La información contable que se elabore por la Administración General del Estado irá dirigida a los siguientes destinatarios:
a) Los gestores internos.
b) El Tribunal de Cuentas y las Cortes Generales.
c) La Intervención General de la Administración del Estado.
d) Órganos de la Unión Europea, tanto administrativos como de control.
e) Suscriptores de Deuda del Estado y otros acreedores de la Administración General del Estado.
f) Otras entidades públicas y privadas, asociaciones y ciudadanos en general.