Ley 6/2023, de 2 de noviembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
BOE-A-2023-24124 · Boletín Oficial del Estado, 2023-11-28 · Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 6/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-16.
Datos clave
- Rango
- Ley 6/2023
- Fecha de la disposición
- 2023-11-02
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 284, 2023-11-28
- Entrada en vigor
- 2023-12-03
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-16
- Artículos
- 274
- Identificador BOE
- BOE-A-2023-24124
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, determina la necesidad de adaptar la vigente Ley 5/2011, de 30 de septiembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, a la normativa general en materia de procedimiento administrativo, de acuerdo con el tenor del artículo 1.2, de la disposición adicional primera, apartado 1, y de la disposición final quinta de la ley estatal, que promueve la necesaria adecuación normativa, al regularse ahora determinados aspectos de los procedimientos administrativos en materia patrimonial.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Concepto de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia y clasificación de bienes y derechos que lo integran.
- Artículo 3. Régimen jurídico.
- Artículo 4. Competencias.
- Artículo 5. Principios.
- Artículo 6. La afectación y sus formas.
- Artículo 7. Competencia.
- Artículo 8. Procedimiento.
- Artículo 9. Afectación secundaria y competencia.
- Artículo 10. Procedimiento.
- Artículo 11. Desafectación y competencia.
- Artículo 12. Procedimiento.
- Artículo 13. Adscripciones y desadscripciones de bienes y derechos demaniales.
- Artículo 14. Competencia.
- Artículo 15. Procedimiento.
- Artículo 16. Cambios de adscripción por reestructuración orgánica.
- Artículo 17. Adscripción.
- Artículo 18. Carácter finalista de la adscripción.
- Artículo 19. Desadscripción por incumplimiento del fin o innecesariedad.
- Artículo 20. Mutación demanial.
- Artículo 21. Competencia y procedimiento.
- Artículo 22. Incorporación de bienes y derechos.
- Artículo 23. Excepciones a la incorporación.
- Artículo 24. Procedimiento y competencia.
- Artículo 25. Formalización.
- Artículo 26. Naturaleza del bien o derecho adquirido.
- Artículo 27. Incorporación por supresión de entidades públicas instrumentales.
- Artículo 28. Ámbito.
- Artículo 29. Requisitos.
- Artículo 30. Adscripción y mutación demanial.
- Artículo 31. Competencia.
- Artículo 32. Procedimiento.
- Artículo 33. Vinculación al fin.
- Artículo 34. Devolución.
- Artículo 35. Transmisión de titularidad.
- Artículo 36. Competencia.
- Artículo 37. Procedimiento.
- Artículo 38. Necesidad de título habilitante.
- Artículo 39. Tipos de uso de los bienes destinados al uso general.
- Artículo 40. Títulos habilitantes.
- Artículo 41. Reservas demaniales.
- Artículo 42. Bienes y derechos destinados a la prestación de servicios públicos.
- Artículo 43. Ocupación de espacios en edificios administrativos.
- Artículo 44. Préstamos de obras de arte.
- Artículo 45. Autorizaciones demaniales.
- Artículo 46. Concesiones demaniales.
- Artículo 47. Prohibiciones para ser titular de concesiones demaniales.
- Artículo 48. Competencia.
- Artículo 49. Procedimiento para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones en régimen de concurrencia.
- Artículo 50. Procedimiento para el otorgamiento directo de autorizaciones y concesiones.
- Artículo 51. Condiciones de las autorizaciones y concesiones.
- Artículo 52. Efectos y comunicación de los títulos otorgados.
- Artículo 53. Derechos reales sobre obras en dominio público.
- Artículo 54. Transmisión de derechos reales.
- Artículo 55. Extinción de las autorizaciones y concesiones demaniales.
- Artículo 56. Rescate de las concesiones.
- Artículo 57. Destino de las obras construidas por los concesionarios a la extinción del título.
- Artículo 58. Liquidación de autorizaciones y concesiones demaniales sobre bienes o derechos desafectados.
- Artículo 59. Derecho de adquisición preferente.
- Artículo 60. Modos de adquirir y contratos privados.
- Artículo 61. Libertad de pactos y perfección del contrato.
- Artículo 62. Capacidad.
- Artículo 63. Formalización.
- Artículo 64. Tasaciones periciales e informes técnicos.
- Artículo 65. Órganos competentes para la adquisición de inmuebles o derechos sobre estos.
- Artículo 66. Finalidades y objeto.
- Artículo 67. Principios generales del procedimiento.
- Artículo 68. Adquisición de edificios en construcción.
- Artículo 69. Adquisición por reducción de fondos propios.
- Artículo 70. Adquisiciones por entidades públicas instrumentales.
- Artículo 71. Desistimiento.
- Artículo 72. Expediente.
- Artículo 73. Convocatoria.
- Artículo 74. Presentación de documentación.
- Artículo 75. Admisibilidad de variantes y ofertas con valores anormales.
- Artículo 76. Mesa de contratación.
- Artículo 77. Apertura de propuestas.
- Artículo 78. Informe técnico y propuesta de adjudicación.
- Artículo 79. Adjudicación.
- Artículo 80. Procedimiento.
- Artículo 81. Procedimiento.
- Artículo 82. Adquisición de bienes muebles.
- Artículo 83. Adquisición de derechos de propiedad incorporal.
- Artículo 84. Disposiciones generales.
- Artículo 85. Competencia.
- Artículo 86. Procedimiento.
- Artículo 87. Reversiones y retrocesiones.
- Artículo 88. Competencia y procedimiento.
- Artículo 89. Saldos y depósitos abandonados.
- Artículo 90. Adquisiciones derivadas del ejercicio de la potestad expropiatoria.
- Artículo 91. Cambios de destino derivados de procedimientos de expropiación.
- Artículo 92. Adquisiciones derivadas de adjudicaciones acordadas en procedimientos de ejecución.
- Artículo 93. Objeto.
- Artículo 94. Competencia.
- Artículo 95. Procedimiento.
- Artículo 96. Mejoras.
- Artículo 97. Tasación.
- Artículo 98. Utilización del bien arrendado.
- Artículo 99. Finalización del contrato.
- Artículo 100. Bienes y derechos susceptibles de venta.
- Artículo 101. Imposición de condiciones, cargas y gravámenes.
- Artículo 102. Trámites previos.
- Artículo 103. Formas de venta.
- Artículo 104. Órganos competentes.
- Artículo 105. Incoación.
- Artículo 106. Garantía.
- Artículo 107. Pliego de condiciones.
- Artículo 108. Pago y formalización.
- Artículo 109. Pago aplazado del precio de venta.
- Artículo 110. Venta de bienes y derechos litigiosos.
- Artículo 111. Desistimiento.
- Artículo 112. Expediente.
- Artículo 113. Desarrollo.
- Artículo 114. Adjudicación.
- Artículo 115. Subastas sucesivas.
- Artículo 116. Cuarta subasta.
- Artículo 117. Tramitación simplificada con acumulación de subastas.
- Artículo 118. Subasta con proposición económica en sobre cerrado.
- Artículo 119. Criterios de aplicación.
- Artículo 120. Pliego de condiciones.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | Ley 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. |
| Se modifica | Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. |
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 6/2023?
- Ley 6/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-16.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 6/2023?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 6/2023?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.