Artículo 28. Ámbito.
Artículo 28 de la Ley 6/2023, de 2 de noviembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia. · BOE-A-2023-24124
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-03.
Texto consolidado
Las figuras jurídicas previstas en el presente capítulo podrán ser aplicables a otras administraciones públicas cuando se contemplase en su legislación reguladora la posibilidad de aplicación de figuras análogas a favor de la Administración general de la Comunidad Autónoma y de sus entidades públicas instrumentales para la dedicación a un uso o servicio de su competencia.