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Ley Vigente

Artículo 29. Requisitos.

Artículo 29 de la Ley 6/2023, de 2 de noviembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia. · BOE-A-2023-24124

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-03.

Texto consolidado

1. Será requisito necesario para la tramitación de los expedientes regulados en el artículo 35 que los bienes o derechos a transmitir o recibir se encuentren depurados física y jurídicamente, practicándose el deslinde si fuera necesario, e inscritos correcta e individualmente tanto en el Catastro Inmobiliario como en el Registro de la Propiedad.

2. Los bienes y derechos entregados por las figuras contempladas en el presente capítulo no serán transmisibles a favor de terceros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-12-03.

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