Ley 6/2017, de 8 de noviembre, de protección y defensa de los animales de compañía de la Región de Murcia.
BOE-A-2017-15288 · Boletín Oficial del Estado, 2017-12-22 · Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Ley 6/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 6/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-11-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 310, 2017-12-22
- Entrada en vigor
- 2017-12-23
- Departamento
- Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 60
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-15288
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley de protección y defensa de los animales de compañía de la Región de Murcia.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Definición.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación y exclusión.
- Artículo 4. Obligaciones.
- Artículo 5. Prohibiciones.
- Artículo 6. Tenencia y responsabilidad.
- Artículo 7. Tenencia y transporte. Condiciones de bienestar animal.
- Artículo 8. Circulación por espacios públicos.
- Artículo 9. Acceso a los transportes públicos.
- Artículo 10. Acceso a los establecimientos públicos.
- Artículo 11. Perros de asistencia para personas con discapacidad.
- Artículo 12. Bienestar animal en el medio audiovisual.
- Artículo 13. Controles sanitarios.
- Artículo 14. Identificación.
- Artículo 15. Registro de Animales de Compañía de la Región de Murcia.
- Artículo 16. Recogida y eliminación.
- Artículo 17. Eutanasia de los animales.
- Artículo 18. Esterilización y mutilación.
- Artículo 19. Tipología.
- Artículo 20. Condiciones y requisitos generales.
- Artículo 21. Establecimientos de venta. Criadores.
- Artículo 22. Residencias.
- Artículo 23. Centros de adiestramiento.
- Artículo 24. Animales abandonados y extraviados.
- Artículo 25. Colonias felinas
- Artículo 26. Servicio de captura y recogida.
- Artículo 27. Centros de recogida y refugio. Actuaciones.
- Artículo 28. Colegio Oficial de Veterinarios de la Región de Murcia.
- Artículo 29. Entidades de protección de los animales.
- Artículo 30. Divulgación.
- Artículo 31. Principio de colaboración.
- Artículo 32. Competencias municipales.
- Artículo 33. Administración regional.
- Artículo 34. Distribución competencial.
- Artículo 35. Actividad inspectora.
- Artículo 36. Obligaciones de los inspeccionados.
- Artículo 37. Infracciones.
- Artículo 38. Tipificación.
- Artículo 39. Responsabilidad.
- Artículo 40. Sanciones.
- Artículo 41. Sanciones accesorias y multas coercitivas
- Artículo 42. Graduación de las sanciones.
- Artículo 43. Reducción de la sanción.
- Artículo 44. Medidas cautelares.
- Artículo 45. Concurrencia de responsabilidades.
- Artículo 46. Procedimiento.
- Artículo 47. Competencia sancionadora.
- Disposición adicional primera. Destino de los ingresos procedentes de las sanciones.
- Disposición adicional segunda. Convenios en materia de mantenimiento y gestión del Registro de Animales de Compañía.
- Disposición adicional tercera. Protección de especies de producción sin finalidad comercial o lucrativa.
- Disposición adicional cuarta. Espectáculos de circos.
- Disposición adicional quinta. Tiro al pichón.
- Disposición transitoria primera. Centros para el fomento, cuidado y recogida o refugio de animales de compañía.
- Disposición transitoria segunda. Propietarios y poseedores.
- Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de la identificación y registro de animales de compañía.
- Disposición transitoria cuarta. Adaptación de ordenanzas municipales.
- Disposición transitoria quinta. Ejemplares de especies incluidas en el Anexo adquiridos con anterioridad a la entrada en vigor de la ley.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa y reducción a rango reglamentario.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 6/2017?
- Ley 6/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 6/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.