Artículo 37. Infracciones.
Artículo 37 de la Ley 6/2017, de 8 de noviembre, de protección y defensa de los animales de compañía de la Región de Murcia. · BOE-A-2017-15288
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-23.
Texto consolidado
Se considerarán infracciones administrativas las acciones y omisiones tipificadas en la presente ley, que serán objeto de las correspondientes sanciones administrativas, previa instrucción del oportuno expediente.