Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco.
BOE-A-2022-8833 · Boletín Oficial del Estado, 2022-05-31 · Comunidad Autónoma del País Vasco
Ley 3/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-05-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 129, 2022-05-31
- Entrada en vigor
- 2022-05-21
- Departamento
- Comunidad Autónoma del País Vasco
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 86
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-8833
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La presente ley trata de incluir todas las necesidades relativas al sector público y así poder ofrecer un texto de referencia que aporte coherencia sobre la organización y el funcionamiento del entramado público de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su conexión con el conjunto de los sectores públicos de los distintos ámbitos institucionales que tienen actividad en esta Comunidad Autónoma.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Fines.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Aplicación, reconocimiento y pertenencia al sector público vasco.
- Artículo 5. Principios de actuación.
- Artículo 6. Principios aplicables a la creación y transformación del sector público vasco.
- Artículo 7. Comisión Interinstitucional para la Racionalización y Dimensionamiento del Sector Público Vasco.
- Artículo 8. Administración general e institucional.
- Artículo 9. Entidades instrumentales adscritas o vinculadas al sector público.
- Artículo 10. Administración independiente.
- Artículo 11. Principios de organización y de funcionamiento.
- Artículo 12. Administración general.
- Artículo 13. Órganos superiores y altos cargos.
- Artículo 14. Órganos directivos.
- Artículo 15. Departamentos de la Administración general.
- Artículo 16. Estructuras orgánicas y funcionales.
- Artículo 17. Administración de Euskadi en el exterior.
- Artículo 18. Órganos colegiados.
- Artículo 19. Espacios estables de participación ciudadana y asociativa.
- Artículo 20. Órganos administrativos.
- Artículo 21. Unidades administrativas.
- Artículo 22. Principios generales.
- Artículo 23. Desconcentración.
- Artículo 24. Instrucciones, circulares y órdenes de servicio.
- Artículo 25. Delegación.
- Artículo 26. Delegación de firma.
- Artículo 27. Suplencia.
- Artículo 28. Avocación.
- Artículo 29. Encomienda de gestión intrasubjetiva.
- Artículo 30. Centros de gestión unificada.
- Artículo 31. Régimen general.
- Artículo 32. Cooperación económica, técnica y administrativa.
- Artículo 33. Convenios de colaboración.
- Artículo 34. Planes de actuación conjunta.
- Artículo 35. Delegaciones interadministrativas.
- Artículo 36. Delegación intersubjetiva de funciones.
- Artículo 37. Encomienda de gestión intersubjetiva.
- Artículo 38. Organismos autónomos.
- Artículo 39. Entes públicos de derecho privado.
- Artículo 40. Sociedades de capital.
- Artículo 41. Fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Artículo 42. Consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Artículo 43. Procedimiento general para la constitución de entidades.
- Artículo 44. Constitución, transformación y extinción de entidades de la Administración institucional.
- Artículo 45. Constitución, transformación y extinción de sociedades de capital del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Artículo 46. Constitución, transformación y extinción de fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Artículo 47. Constitución, transformación y extinción de consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Artículo 48. Régimen jurídico.
- Artículo 49. Participación en otras entidades.
- Artículo 50. Financiación de entidades no pertenecientes al sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Artículo 51. Régimen de evaluación.
- Artículo 52. Procedimiento de evaluación.
- Artículo 53. Reestructuración del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Artículo 54. Participación que no determina la integración en el sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Artículo 55. Extinción y pérdida de la pertenencia al sector público.
- Artículo 56. Sociedades de concentración empresarial.
- Artículo 57. Registro de entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Artículo 58. Adscripción y directrices.
- Artículo 59. Actos y recursos.
- Artículo 60. Representación en los órganos de gobierno.
- Artículo 61. Régimen de responsabilidad aplicable a las personas designadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi como miembros de los consejos de administra…
- Artículo 62. Adscripción y tutela de las sociedades mercantiles públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Artículo 63. Principios de funcionamiento e interacción con la ciudadanía.
- Artículo 64. Derechos y deberes de la ciudadanía.
- Artículo 65. Implantación de sistemas de gestión pública avanzada.
- Artículo 66. Evaluación de la gestión de las unidades organizativas.
- Artículo 67. Administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Artículo 68. Principios de la administración electrónica.
- Artículo 69. Derechos en materia de administración electrónica.
- Artículo 70. Desarrollo del modelo de administración electrónica en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Artículo 71. Participación pública por medios electrónicos.
- Artículo 72. Simplificación de procedimientos administrativos mediante servicios y canales electrónicos.
- Artículo 73. Instrumentos de cooperación para el impulso de la administración electrónica.
- Artículo 74. Accesibilidad mediante terminales y sitios web de entidades privadas y públicas.
- Artículo 75. Sistema multicanal de interacción con la ciudadanía.
- Artículo 76. Lenguas de servicio, relación y trabajo.
- Artículo 77. Lengua de las disposiciones y comunicaciones.
- Artículo 78. Lengua de los expedientes.
- Artículo 79. Lengua de los registros públicos.
- Disposición adicional primera. Aplicación de esta ley al sector público foral de los territorios históricos y a las administraciones locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Disposición adicional segunda. Aplicación de esta ley al Parlamento Vasco y a sus entes dependientes.
- Disposición transitoria. Aplicación de esta ley a las fundaciones preexistentes del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Modificación del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi.
- Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de la Ley de Control Económico y Contabilidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobado por el Decreto Legislativ…
- Disposición final tercera. Entrada en vigor de la ley.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/2022?
- Ley 3/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.