El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 27. Suplencia.

Artículo 27 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco. · BOE-A-2022-8833

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-21.

Texto consolidado

1. Las personas titulares de altos cargos podrán ser suplidas temporalmente en el ejercicio de sus funciones, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal, permiso por paternidad o maternidad, en los términos que se establezcan en el decreto de estructura orgánica del departamento.

2. La suplencia de quienes sean titulares de los órganos administrativos que no tengan la condición de alto cargo se regirá por lo dispuesto en las normas generales que dispone la legislación básica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-05-21.

Más artículos de Ley 3/2022

En El Vínculo puedes leer Ley 3/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.