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Ley Vigente

Artículo 65. Implantación de sistemas de gestión pública avanzada.

Artículo 65 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco. · BOE-A-2022-8833

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-21.

Texto consolidado

La Administración general de la Comunidad Autónoma impulsará la eficacia y la eficiencia de su organización y del conjunto del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi mediante la generalización de la implantación de sistemas de gestión pública avanzada que contribuyan a la generación de valor público a la sociedad, lo que conllevará:

a) La elaboración de planificaciones estratégicas y operativas, que expliciten objetivos retadores pero alcanzables e incorporen indicadores de seguimiento y evaluación que posibiliten la toma de decisiones con hechos y datos a las personas responsables del ámbito político y técnico.

b) La concreción de cómo se desarrollarán y gestionarán los servicios mediante procesos, para que respondan adecuadamente a la ciudadanía y a las personas y entidades a quienes van dirigidos, identificando las necesidades y expectativas de la ciudadanía de modo habitual, atendiendo sus quejas y sugerencias, dando una adecuada respuesta a sus solicitudes, incorporando su perspectiva en la mejora de las políticas y servicios prestados y promoviendo mecanismos para su participación activa.

c) La implantación de herramientas de estímulo a la participación de las empleadas y los empleados públicos en la gestión, generando las condiciones que potencien su compromiso y concretando el comportamiento y las competencias de los líderes.

d) La creación de contextos de intercambio y aprendizaje que favorezcan la generación de respuestas y propuestas innovadoras a los nuevos retos públicos, incorporando la creatividad de las personas de la organización y de otros grupos de interés externos que faciliten una innovación continua y sistemática.

e) El establecimiento de cauces de concertación multiagente, incluida la propia ciudadanía, que contribuya a crear alianzas e implicar a la iniciativa pública y privada para aumentar la capacidad de respuesta a las necesidades y problemas complejos de nuestra sociedad y de generación de oportunidades para las actuales y futuras generaciones.

f) La incorporación de mecanismos de evaluación de resultados y de publicación accesible de los resultados más significativos, y la previsión de incorporación de la percepción ciudadana sobre dichos resultados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-05-21.

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