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Ley Vigente

Artículo 12. Administración general.

Artículo 12 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco. · BOE-A-2022-8833

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-21.

Texto consolidado

1. La Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi, dividida funcionalmente en departamentos y constituida por órganos jerárquicamente ordenados, actúa para el cumplimiento de sus fines con personalidad jurídica única, tal y como dispone el artículo 53 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno.

2. La Administración general, además de realizar su actividad en la sede de sus instituciones, puede desarrollarla asimismo, de manera territorialmente descentralizada, a través de sus órganos periféricos, como son las distintas delegaciones territoriales, o de oficinas en los territorios históricos de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa y, dentro del ámbito de sus competencias, a través de las delegaciones de Euskadi en el exterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-05-21.

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