Artículo 7. Comisión Interinstitucional para la Racionalización y Dimensionamiento del Sector Público Vasco.
Artículo 7 de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco. · BOE-A-2022-8833
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-21.
Texto consolidado
1. Se crea la Comisión Interinstitucional para la Racionalización y Dimensionamiento del Sector Público Vasco.
2. Presidirá la Comisión el Consejero o Consejera del Gobierno Vasco competente en materia de administración pública y estará compuesta por personas expertas designadas por el Gobierno Vasco, las Diputaciones Forales y la Asociación de Municipios Vascos EUDEL, conforme se determine reglamentariamente.
3. Serán sus funciones, que se expresarán en forma de informes y que tendrán como destinatarios a los gobiernos en los distintos niveles institucionales que existen en la Comunidad Autónoma de Euskadi, las siguientes:
a) El estudio y la formulación de propuestas en relación con el tratamiento de las posibles ineficiencias, solapamientos y duplicidades entre sectores públicos y, en particular, en relación tanto con el conjunto del sector público vasco como con el sector público estatal.
b) El estudio y la formulación de propuestas en relación con la colaboración, cooperación y coordinación interadministrativas.
c) El estudio y la formulación de propuestas en relación con la organización y funcionamiento de las administraciones públicas y de los sectores públicos en que se integran.