Disposición adicional segunda. Aplicación de esta ley al Parlamento Vasco y a sus entes dependientes.
Disposición adicional segunda de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco. · BOE-A-2022-8833
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-21.
Texto consolidado
A los efectos de aplicación de los principios de organización y funcionamiento recogidos en esta ley, así como de los demás preceptos de la misma sobre derechos y deberes comunes de la ciudadanía en sus relaciones con los poderes públicos, se considera que integran también el sector público vasco, en relación con sus actividades sujetas al derecho administrativo, el Parlamento Vasco y sus entes dependientes, el Ararteko y el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.
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