Ley 3/2019, de 6 de marzo, Reguladora de los Puntos de Encuentro Familiar en la Comunidad de Madrid.
BOE-A-2019-5824 · Boletín Oficial del Estado, 2019-04-17 · Comunidad de Madrid
Ley 3/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-03-06
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 92, 2019-04-17
- Entrada en vigor
- 2019-03-14
- Departamento
- Comunidad de Madrid
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 43
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-5824
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo, en nombre del Rey promulgo.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definición de Punto de Encuentro Familiar.
- Artículo 3. Principios rectores de actuación.
- Artículo 4. Fines del Punto de Encuentro Familiar.
- Artículo 5. Competencias en materia de Puntos de Encuentro Familiar.
- Artículo 6. Composición del Punto de Encuentro Familiar.
- Artículo 7. Funciones de los profesionales del Punto de Encuentro Familiar.
- Artículo 8. Coordinación de los Puntos de Encuentro Familiar.
- Artículo 9. Ámbito objetivo de actuación del Punto de Encuentro Familiar.
- Artículo 10. Ámbito territorial de actuación.
- Artículo 11. Entidades remitentes.
- Artículo 12. Gestión, Participación y Autorización.
- Artículo 13. De las personas beneficiarias.
- Artículo 14. De las personas usuarias.
- Artículo 15. De los derechos de las personas beneficiarias.
- Artículo 16. De los derechos de las personas usuarias.
- Artículo 17. Deberes de las personas usuarias.
- Artículo 18. Los Derechos de las personas profesionales.
- Artículo 19. Obligaciones de las personas profesionales.
- Artículo 20. Tipos de actuaciones.
- Artículo 21. Coordinación de la intervención.
- Artículo 22. Duración, horario y calendario.
- Artículo 23. Carácter gratuito.
- Artículo 24. Registros.
- Artículo 25. Registro de expedientes.
- Artículo 26. Registro de entrada y salida de personas usuarias.
- Artículo 27. Del acceso al Punto de Encuentro Familiar.
- Artículo 28. Expediente.
- Artículo 29. Entrevista.
- Artículo 30. Plan de Intervención Individualizada.
- Artículo 31. Información.
- Artículo 32. Inicio de la Intervención.
- Artículo 33. Interrupción de la intervención.
- Artículo 34. Suspensión de la intervención.
- Artículo 35. Seguridad.
- Artículo 36. Protocolo de vigilancia.
- Artículo 37. Listas de espera.
- Artículo 38. Del Registro y comunicación previa de la prestación del servicio de Punto de Encuentro Familiar.
- Artículo 39. Del régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Criterios de adjudicación.
- Disposición adicional segunda. Garantías de aplicación de la Ley.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/2019?
- Ley 3/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.