Artículo 29. Entrevista.
Artículo 29 de la Ley 3/2019, de 6 de marzo, Reguladora de los Puntos de Encuentro Familiar en la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2019-5824
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-14.
Texto consolidado
Antes del inicio de la intervención, la persona designada como contacto del Punto de Encuentro Familiar, podrá concertar una entrevista personal con los progenitores, o las personas con derecho de visita. La entrevista tendrá lugar por separado.