Ley 2/1996, de 14 de mayo, de Cámaras Agrarias de Aragón.
BOE-A-1996-12866 · Boletín Oficial del Estado, 1996-06-07 · Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 2/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/1996
- Fecha de la disposición
- 1996-05-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 138, 1996-06-07
- Entrada en vigor
- 1996-05-23
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 39
- Identificador BOE
- BOE-A-1996-12866
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo la presente Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno se publique en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y 21 del Estatuto de Autonomía.
Preámbulo
Índice del articulado
- Artículo 1. Regulación.
- Artículo 2. Naturaleza jurídica.
- Artículo 3. Tutela administrativa.
- Artículo 4. Régimen jurídico.
- Artículo 5. Ambito territorial.
- Artículo 6. Beneficios.
- Artículo 7. Registro de Cámaras Agrarias.
- Artículo 8. Estatutos.
- Artículo 9. Funciones.
- Artículo 10. Limitaciones en el ejercicío de sus funciones.
- Artículo 11. Órganos de las Cámaras.
- Artículo 12. El Pleno.
- Artículo 13. El Presidente.
- Artículo 14. La Comisión Ejecutiva.
- Artículo 15. Recursos de las Cámaras.
- Artículo 16. Presupuesto y memoria de actividades.
- Artículo 17. Proceso democrático-representativo.
- Artículo 18. Electores.
- Artículo 19. Elegibles.
- Artículo 20. Incompatibilidad.
- Artículo 21. Censo.
- Artículo 22. Derecho de convocatoria.
- Artículo 23. Administración electoral.
- Artículo 24. La Junta Electoral Central: composición y funciones.
- Artículo 25. Juntas Electorales Provinciales: composición y funciones.
- Artículo 26. Mesas Electorales.
- Artículo 27. Circunscripción electoral.
- Artículo 28. Candidaturas.
- Artículo 29. Derecho supletorio.
- Artículo 30. Gastos electorales.
- Artículo 31. Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas.
- Disposición adicional primera. Personal transferido.
- Disposición adicional segunda. Extinción de las Cámaras Agrarias.
- Disposición adicional tercera. Ambito y composición de las Juntas Arbitrales de Arrendamientos Rústicos.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | el art. 20.a), por Ley 5/2001, de 25 de abril |
Normas a las que afecta (9)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/1996?
- Ley 2/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/1996?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/1996?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.