Ley 1/2006, de 13 de marzo, por la que se regula el Régimen Especial del municipio de Barcelona.
BOE-A-2006-4583 · Boletín Oficial del Estado, 2006-03-14 · Jefatura del Estado
Ley 1/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-03-13
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 62, 2006-03-14
- Entrada en vigor
- 2006-06-14
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 87
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-4583
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Régimen especial de Barcelona.
- Artículo 2. Garantía de la autonomía municipal.
- Artículo 3. Cláusula general de competencias.
- Artículo 4. Régimen financiero especial.
- Artículo 5. Comisión de Colaboración Interadministrativa.
- Artículo 6. Participación en la gestión de infraestructuras y servicios y bienes de dominio público marítimo-terrestre.
- Artículo 7. Gestión de infraestructuras y competencias municipales.
- Artículo 8. Expropiación de terrenos para edificación de viviendas.
- Artículo 9. Desafectación de inmuebles del Estado.
- Artículo 10. Cesión de bienes: reversión.
- Artículo 11. Instalación subterránea de las redes de servicios públicos y de interés general.
- Artículo 12. Autorización municipal para la construcción de redes de telecomunicaciones.
- Artículo 13. Participación del Ayuntamiento de Barcelona en la ordenación y despliegue de la red. Instalación de antenas.
- Artículo 14. Acceso por los ciudadanos a los servicios de telecomunicaciones.
- Artículo 15. Redes propias de telecomunicaciones.
- Artículo 16. Bienes del Patrimonio Histórico-Artístico.
- Artículo 17. Ámbito material de aplicación de las competencias del Ayuntamiento de Barcelona en materia de movilidad.
- Artículo 18. Potestad normativa. Regulación del tráfico mediante Ordenanzas.
- Artículo 19. Ordenación, vigilancia y control del tráfico. Medidas cautelares.
- Artículo 20. Ejercicio de la potestad sancionadora.
- Artículo 21. Inmovilización de los vehículos.
- Artículo 22. Retirada de los vehículos.
- Artículo 23. Distintivos de los vehículos.
- Artículo 24. Personal auxiliar de la guardia urbana.
- Artículo 25. Ordenación del tráfico.
- Artículo 26. Notificación de las sanciones.
- Artículo 27. Procedimientos de recaudación y embargo.
- Artículo 28. Gastos por inmovilización del vehículo.
- Artículo 29. Colaboración interadministrativa.
- Artículo 30. Competencias del Ayuntamiento de Barcelona.
- Artículo 31. Participación del Estado en la Junta Local de Seguridad de Barcelona.
- Artículo 32. Participación de miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal en los órganos consultivos y de participación ciudadana en materia de seguridad ciudadana del A…
- Artículo 33. Competencias del Alcalde de Barcelona en materia de seguridad.
- Artículo 34. La Guardia Urbana de Barcelona.
- Artículo 35. La Guardia Urbana de Barcelona como Policía Administrativa y Policía de Seguridad.
- Artículo 36. La administración de Justicia en la ciudad de Barcelona.
- Artículo 37. Naturaleza de la Justicia de Proximidad.
- Artículo 38. Principios de la Hacienda municipal de Barcelona.
- Artículo 39. Recursos de la Hacienda municipal de Barcelona.
- Artículo 40. Normativa aplicable.
- Artículo 41. Bonificaciones en tributos locales.
- Artículo 42. La autoliquidación en tributos locales.
- Artículo 43. Especialidades en la recaudación de los tributos municipales.
- Artículo 44. Colaboración con la Administración tributaria.
- Artículo 45. Órgano competente para la aplicación de los tributos y demás ingresos de derecho público municipales.
- Artículo 46. Recursos contra los actos de aplicación de los tributos e ingresos de Derecho público municipales.
- Artículo 47. Consejo Tributario.
- Artículo 48. Beneficios fiscales por razón de mecenazgo.
- Artículo 49. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Artículo 50. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
- Artículo 51. Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza Urbana.
- Artículo 52. Tasas.
- Artículo 53. Contribuciones especiales.
- Artículo 54. Participación del Municipio de Barcelona en los tributos del Estado.
- Artículo 55. Subvenciones y transferencias.
- Artículo 56. Sistema de planificación del Ayuntamiento de Barcelona.
- Artículo 57. Administración de los sistemas de planificación.
- Artículo 58. Principios que informan la gestión económico-financiera.
- Artículo 59. Sistema de información contable: estructura.
- Artículo 60. Contabilidad Patrimonial.
- Artículo 61. Contabilidad analítica.
- Artículo 62. Consolidación contable.
- Artículo 63. Sistema de información contable: procedimientos.
- Artículo 64. Sistema contable, cuentas anuales y Cuenta General.
- Artículo 65. Tesorería. Gestión de la recaudación.
- Artículo 66. Financiación. Crédito público y privado.
- Artículo 67. Deuda Pública.
- Artículo 68. Informe de la Intervención.
- Artículo 69. Concertación de operaciones de crédito a largo plazo.
- Artículo 70. Reglamento orgánico y funciones financieras.
- Artículo 71. Sistema de fiscalización y auditoría.
- Artículo 72. Control de legalidad.
- Artículo 73. Funciones de la Intervención General del Ayuntamiento.
- Artículo 74. Función de control financiero.
- Artículo 75. Control de eficacia.
- Artículo 76. Tesorería Municipal.
- Artículo 77. Fiscalización del Tribunal de Cuentas y de la Sindicatura de Cuentas.
- Disposición adicional primera. Tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad.
- Disposición adicional segunda. Financiación del área metropolitana de Barcelona.
- Disposición adicional tercera. Regulaciones específicas.
- Disposición adicional cuarta. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
- Disposición adicional quinta. Recurso de alzada contra actos de los distritos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Plan de Gestión integrada del Litoral.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen del Suelo y Valoraciones.
- Disposición final tercera. Títulos competenciales.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2006?
- Ley 1/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.