Artículo 57. Administración de los sistemas de planificación.
Artículo 57 de la Ley 1/2006, de 13 de marzo, por la que se regula el Régimen Especial del municipio de Barcelona. · BOE-A-2006-4583
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-14.
Texto consolidado
La administración de los sistemas de planificación será competencia del órgano especializado que determine el Reglamento orgánico municipal.