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Ley Vigente

Artículo 58. Principios que informan la gestión económico-financiera.

Artículo 58 de la Ley 1/2006, de 13 de marzo, por la que se regula el Régimen Especial del municipio de Barcelona. · BOE-A-2006-4583

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-14.

Texto consolidado

Los principios que informarán la gestión económico-financiera son los siguientes:

a) La separación de la fiscalización de la gestión del sistema contable.

b) El sistema contable se basará en los principios contables generalmente aceptados y su organización se ajustará a las normas que apruebe el Ministerio de Economía y Hacienda

c) El presupuesto será el ámbito en el que se realizará la fiscalización y el control de legalidad presupuestaria.

d) El seguimiento de los costes de los servicios.

e) El establecimiento de la auditoría externa de las cuentas individuales y consolidadas del Ayuntamiento y de sus organismos autónomos locales, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles, de acuerdo con los principios contables de general aceptación. La auditoría estará a disposición del Consejo Municipal antes de la aprobación de las Cuentas Generales.

f) La asignación de recursos, con arreglo a los principios de eficacia y eficiencia, se hará en función de la definición y el cumplimiento de objetivos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-14.

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