Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.
BOE-A-1996-750 · Boletín Oficial del Estado, 1996-01-12 · Jefatura del Estado
Ley 1/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/1996
- Fecha de la disposición
- 1996-01-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 11, 1996-01-12
- Entrada en vigor
- 1996-07-12
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 69
- Identificador BOE
- BOE-A-1996-750
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Ambito personal de aplicación.
- Artículo 3. Requisitos básicos.
- Artículo 4. Exclusión por motivos económicos.
- Artículo 5. Reconocimiento excepcional del derecho.
- Artículo 6. Contenido material del derecho.
- Artículo 7. Extensión temporal.
- Artículo 8. Insuficiencia económica sobrevenida.
- Artículo 9. Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.
- Artículo 10. Composición de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita.
- Artículo 11. Funcionamiento de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita.
- Artículo 12. Solicitud del derecho.
- Artículo 13. Requisitos de la solicitud.
- Artículo 14. Subsanación de deficiencias.
- Artículo 15. Designaciones provisionales y traslados.
- Artículo 16. Suspensión del curso del proceso.
- Artículo 17. Comprobación de datos, resolución y notificación.
- Artículo 18. Efectos de la resolución.
- Artículo 19. Revocación del derecho.
- Artículo 20. Impugnación de la resolución.
- Artículo 21. Requerimiento de designación de abogado y procurador.
- Artículo 21 bis. Sustitución del profesional designado.
- Artículo 22. Gestión colegial de los servicios de asistencia letrada, de defensa y de representación gratuitas.
- Artículo 23. Autonomía profesional y disciplina colegial.
- Artículo 24. Distribución por turnos.
- Artículo 25. Formación y especialización.
- Artículo 26. Responsabilidad patrimonial.
- Artículo 27. Efectos del reconocimiento del derecho.
- Artículo 28. Renuncia a la designación.
- Artículo 29. Especialidades del orden jurisdiccional penal.
- Artículo 30. Indemnización por el servicio.
- Artículo 31. Obligaciones profesionales.
- Artículo 32. Insostenibilidad de la pretensión.
- Artículo 33. Tramitación.
- Artículo 34. Nombramiento de segundo abogado.
- Artículo 35. Insostenibilidad en vía de recurso.
- Artículo 36. Condena en costas.
- Artículo 37. Subvención.
- Artículo 38. Gastos de funcionamiento.
- Artículo 39. Gestión colegial de la subvención.
- Artículo 40. Indemnización por baremo.
- Artículo 41. Quejas y denuncias.
- Artículo 42. Correcciones disciplinarias.
- Artículo 43. Separación cautelar.
- Artículo 44. Autoridad Central.
- Artículo 45. Tramitación.
- Artículo 46. Ámbito de aplicación.
- Artículo 47. Litigios transfronterizos.
- Artículo 48. Autoridades expedidoras y receptoras.
- Artículo 49. Requisitos para el reconocimiento del derecho.
- Artículo 50. Contenido material del derecho.
- Artículo 51. Solicitud del derecho.
- Artículo 52. Derechos en España.
- Artículo 53. Tramitación.
- Artículo 54. Denegación del derecho.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional segunda bis. Composición de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita en casos excepcionales.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta. Información al Ministerio de Justicia sobre los litigios transfronterizos.
- Disposición adicional séptima. Empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
- Disposición adicional octava. Sustitución de las referencias al salario mínimo interprofesional.
- Disposición transitoria única.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final primera bis.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (23)
Normas a las que afecta (16)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/1996?
- Ley 1/1996 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/1996?
- El BOE registra 23 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/1996?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.