El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 35. Insostenibilidad en vía de recurso.

Artículo 35 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita. · BOE-A-1996-750

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-07-12.

Texto consolidado

El mismo procedimiento previsto en los artículos anteriores se seguirá cuando se trate de interponer recursos contra resoluciones que hayan puesto fin al proceso en la instancia correspondiente, si el abogado del recurrente considerase inviable la pretensión.

El cómputo del plazo para la interposición de los recursos quedará suspendido hasta tanto se resuelve materialmente la viabilidad de la pretensión.

En el orden penal y respecto de los condenados no cabrá formular insostenibilidad de la pretensión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-07-12.

Más artículos de Ley 1/1996

En El Vínculo puedes leer Ley 1/1996 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.