Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
BOE-A-2021-9347 · Boletín Oficial del Estado, 2021-06-05 · Jefatura del Estado
Ley Orgánica 8/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley Orgánica 8/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-06-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 134, 2021-06-05
- Entrada en vigor
- 2021-06-25
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 95
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-9347
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Fines.
- Artículo 4. Criterios generales.
- Artículo 5. Formación.
- Artículo 6. Colaboración y cooperación entre las administraciones públicas.
- Artículo 7. Conferencia Sectorial de infancia y adolescencia.
- Artículo 8. Colaboración público-privada.
- Artículo 9. Garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia.
- Artículo 10. Derecho de información y asesoramiento.
- Artículo 11. Derecho de las víctimas a ser escuchadas.
- Artículo 12. Derecho a la atención integral.
- Artículo 13. Legitimación para la defensa de derechos e intereses en los procedimientos judiciales que traigan causa de una situación de violencia.
- Artículo 14. Derecho a la asistencia jurídica gratuita.
- Artículo 15. Deber de comunicación de la ciudadanía.
- Artículo 16. Deber de comunicación cualificado.
- Artículo 17. Comunicación de situaciones de violencia por parte de niños, niñas y adolescentes.
- Artículo 18. Deberes de información de los centros educativos y establecimientos residenciales.
- Artículo 19. Deber de comunicación de contenidos ilícitos en Internet.
- Artículo 20. Protección y seguridad.
- Artículo 21. Estrategia de erradicación de la violencia sobre la infancia y la adolescencia.
- Artículo 22. De la sensibilización.
- Artículo 23. De la prevención.
- Artículo 24. Prevención de la radicalización en los niños, niñas y adolescentes.
- Artículo 25. De la detección precoz.
- Artículo 26. Prevención en el ámbito familiar.
- Artículo 27. Actuaciones específicas en el ámbito familiar.
- Artículo 28. Situación de ruptura familiar.
- Artículo 29. Situación de violencia de género en el ámbito familiar.
- Artículo 30. Principios.
- Artículo 31. De la organización educativa.
- Artículo 32. Supervisión de la contratación de los centros educativos.
- Artículo 33. Formación en materia de derechos, seguridad y responsabilidad digital.
- Artículo 34. Protocolos de actuación.
- Artículo 35. Coordinador o Coordinadora de bienestar y protección.
- Artículo 36. Implicación de la Educación Superior en la erradicación de la violencia sobre la infancia y la adolescencia.
- Artículo 37. Actuaciones del Consejo de Universidades en la lucha contra la violencia sobre la infancia y la adolescencia.
- Artículo 38. Actuaciones en el ámbito sanitario.
- Artículo 39. Comisión frente a la violencia en los niños, niñas y adolescentes.
- Artículo 40. Actuaciones de los centros y servicios sanitarios ante posibles situaciones de violencia.
- Artículo 41. Actuaciones por parte de los servicios sociales.
- Artículo 42. De los equipos de intervención.
- Artículo 43. Plan de intervención.
- Artículo 44. Seguimiento y registro de los casos de violencia sobre las personas menores de edad.
- Artículo 45. Uso seguro y responsable de Internet.
- Artículo 46. Diagnóstico y control de contenidos.
- Artículo 47. Protocolos de actuación frente a la violencia en el ámbito deportivo y de ocio.
- Artículo 48. Entidades que realizan actividades deportivas o de ocio con personas menores de edad de forma habitual.
- Artículo 49. Unidades especializadas.
- Artículo 50. Criterios de actuación.
- Artículo 51. Embajadas y Consulados.
- Artículo 52. De la Agencia Española de Protección de Datos.
- Artículo 53. Protocolos de actuación en los centros de protección de personas menores de edad.
- Artículo 54. Intervención ante casos de explotación sexual y trata de personas menores de edad sujetas a medidas de protección.
- Artículo 55. Supervisión por parte del Ministerio Fiscal.
- Artículo 56. Registro Central de información sobre la violencia contra la infancia y la adolescencia.
- Artículo 57. Requisito para el acceso a profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad.
- Artículo 58. Consecuencias de la existencia de antecedentes en caso de personas trabajadoras o aquellas que realicen una práctica no laboral que conlleve el alta en la Seguridad…
- Artículo 59. Consecuencias del incumplimiento del requisito en caso de personas que realicen actividades en régimen de voluntariado.
- Artículo 60. Cancelación de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos.
- Disposición adicional primera. Dotación presupuestaria.
- Disposición adicional segunda. Soluciones habitacionales y de apoyo psicosocial.
- Disposición adicional tercera. Mejora de los datos de opinión pública.
- Disposición adicional cuarta. Gastos de personal.
- Disposición adicional quinta. Referencias normativas.
- Disposición adicional sexta. Procedimiento de comprobación automatizada de los antecedentes regulados en los artículos 57 a 60.
- Disposición adicional séptima. Comisión de seguimiento.
- Disposición adicional octava. Acceso al territorio a los niños y niñas solicitantes de asilo.
- Disposición adicional novena. Seguridad Social de las personas acogedoras especializadas de dedicación exclusiva.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882.
- Disposición final segunda. Modificación del Código Civil, aprobado por Real Decreto de 24 de julio de 1889.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
- Disposición final séptima. Modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.
- Disposición final octava. Modificación de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjui…
- Disposición final novena. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
- Disposición final décima. Modificación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
- Disposición final undécima. Modificación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
- Disposición final duodécima. Modificación del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones …
- Disposición final decimotercera. Modificación de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de in…
- Disposición final decimocuarta. Modificación de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.
- Disposición final decimoquinta. Modificación de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.
- Disposición final decimosexta. Modificación de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
- Disposición final decimoséptima. Creación del Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia.
- Disposición final decimoctava. Título competencial.
- Disposición final decimonovena. Carácter ordinario de determinadas disposiciones.
- Disposición final vigésima. Especialización de los órganos judiciales, de la fiscalía y de los equipos técnicos que presten asistencia especializada a los Juzgados y Tribunales.
- Disposición final vigésima primera. Desarrollo normativo y ejecución de la ley.
- Disposición final vigésima segunda. Adaptación normativa.
- Disposición final vigésima tercera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
- Disposición final vigésima cuarta. Procedimiento para la determinación de edad.
- Disposición final vigésima quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (17)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Orgánica 8/2021?
- Ley Orgánica 8/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley Orgánica 8/2021?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Orgánica 8/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.