Real Decreto 71/2017, de 10 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes (COIM).
BOE-A-2017-2063 · Boletín Oficial del Estado, 2017-02-28 · Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Real Decreto 71/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 71/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-02-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 50, 2017-02-28
- Entrada en vigor
- 2017-03-01
- Departamento
- Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 63
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-2063
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Colegio Oficial de Ingenieros de Montes es una Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines autorizada por Decreto de 5 de mayo de 1954 y creada por Orden del Ministro de Agricultura de 12 de enero de 1955.
Sus actuales estatutos se aprobaron mediante Real Decreto 337/1999, de 26 de febrero, habiendo sido modificados para adecuarse a los cambios normativos acaecidos en el transcurso de su vigencia en 2006 y 2007.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación de los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes (COIM).
- Disposición derogatoria única. Derogación del Real Decreto 337/1999, de 26 de febrero.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Salvaguarda de competencias autonómicas.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Definición y objeto.
- Artículo 2. Naturaleza, régimen jurídico y competencia.
- Artículo 3. Ámbito territorial y sede.
- Artículo 4. Relación con la Administración.
- Artículo 5. Fines.
- Artículo 6. Funciones.
- Artículo 7. Visado de los trabajos.
- Artículo 8. Ventanilla única.
- Artículo 9. Órganos de Gobierno del Colegio.
- Artículo 10. Carácter y composición.
- Artículo 11. Convocatoria y orden del día.
- Artículo 12. Quórum de asistencia y votaciones.
- Artículo 13. Actas de las reuniones.
- Artículo 14. Composición.
- Artículo 15. Competencias.
- Artículo 16. Duración de los cargos.
- Artículo 17. Desarrollo de las reuniones.
- Artículo 18. Composición y reuniones.
- Artículo 19. Asignación de cargos y substitución.
- Artículo 20. Competencias de la Junta de Gobierno.
- Artículo 21. Censura, moción de confianza y cese de la Junta de Gobierno.
- Artículo 22. Decano-Presidente.
- Artículo 23. Secretario General.
- Artículo 24. Comisión Ejecutiva.
- Artículo 25. Organización Territorial.
- Artículo 26. Asambleas Autonómicas o Territoriales.
- Artículo 27. Junta Rectora Autonómica o Territorial.
- Artículo 28. Decanos Autonómicos o Territoriales.
- Artículo 29. Vocales Provinciales.
- Artículo 30. Secretaría.
- Artículo 31. Requisitos de los cargos colegiales.
- Artículo 32. Elección de cargos para los Órganos generales de Gobierno y elección de los miembros de las Juntas Rectoras Autonómicas o Territoriales.
- Artículo 33. Clases de colegiados.
- Artículo 34. Colegiación.
- Artículo 35. Adquisición de la condición de colegiado.
- Artículo 36. La colegiación y el ejercicio profesional bajo forma societaria.
- Artículo 37. Solicitud de ingreso.
- Artículo 38. Resolución de la solicitud de ingreso.
- Artículo 39. Pérdida de la condición de colegiado.
- Artículo 40. Derechos de los colegiados.
- Artículo 41. Deberes de los colegiados.
- Artículo 42. Recursos económicos.
- Artículo 43. Recursos económicos autonómicos o territoriales.
- Artículo 44. Administración económica del Colegio.
- Artículo 45. Condiciones generales.
- Artículo 46. Régimen disciplinario.
- Artículo 47. Infracciones.
- Artículo 48. Sanciones disciplinarias.
- Artículo 49. Comité de Deontología. Composición y competencias.
- Artículo 50. Procedimiento.
- Artículo 51. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
- Artículo 52. Distinciones.
- Artículo 53. Régimen jurídico de los actos de los órganos colegiales.
- Artículo 54. Reforma de Estatutos.
- Artículo 55. Adaptación de los Estatutos.
- Artículo 56. Reglamento de Régimen Interior.
- Artículo 57. Disolución del Colegio.
- Disposición transitoria única. Vigencia del Reglamento de Régimen Interior.
Normas a las que afecta (4)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 71/2017?
- Real Decreto 71/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 71/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.