Artículo 17. Desarrollo de las reuniones.
Artículo 17 del Real Decreto 71/2017, de 10 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes (COIM). · BOE-A-2017-2063
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-01.
Texto consolidado
1. Las sesiones ordinarias de la Junta de Decanos Autonómicos o Territoriales tendrán periodicidad semestral. Las extraordinarias se convocarán por iniciativa de la tercera parte de sus miembros, o del número de Juntas Rectoras Autonómicas o Territoriales que fije el Reglamento de Régimen Interior, o del Decano-Presidente, o de la Junta de Gobierno.
2. La convocatoria se anunciará con quince días de anticipación como mínimo, poniendo a disposición de sus miembros toda la documentación que sea necesaria para la toma de acuerdos.
3. Para que la Junta de Decanos Autonómicos o Territoriales se constituya válidamente es necesaria la asistencia, al menos, de la mitad de sus miembros.
4. De cada sesión de la Junta de Decanos Autonómicos o Territoriales se levantará Acta por la persona que ocupe la Secretaría General del Colegio, que deberá ser sellada y firmada también por su Presidente.