Artículo 14. Composición.
Artículo 14 del Real Decreto 71/2017, de 10 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes (COIM). · BOE-A-2017-2063
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-01.
Texto consolidado
1. La Junta de Decanos Autonómicos o Territoriales estará integrada por:
a) La persona que ocupe el Decanato del Colegio, que presidirá esta Junta.
b) Las personas que ocupen los Decanatos Autonómicos o Territoriales.
c) Los miembros de la Comisión Ejecutiva de la Junta de Gobierno.
d) Un máximo de diez miembros electivos de reconocido prestigio en representación de los diversos sectores profesionales (docencia, investigación, función pública, ejercicio libre, asociaciones forestales, etc.) que recibirán la denominación de Consejeros, y serán elegidos por la propia Junta como reglamentariamente se establezca.
e) La persona que ocupe la Secretaría General del Colegio, que será el secretario de esta Junta.
2. Tienen el derecho y el deber de asistir a la Junta de Decanos Autonómicos o Territoriales, con voz pero sin voto, los miembros de la Junta de Gobierno no comprendidos en ninguno de los supuestos enumerados en el párrafo anterior.