Artículo 19. Asignación de cargos y substitución.
Artículo 19 del Real Decreto 71/2017, de 10 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes (COIM). · BOE-A-2017-2063
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-01.
Texto consolidado
1. Corresponderá al Decano-Presidente la designación, entre los vocales, de la persona que desempeñará el cargo de Vicedecano. En todos los casos de ausencia o enfermedad del Decano-Presidente será substituido por el Vicedecano y, en su defecto, por el Vocal de más edad.
2. Corresponderá al Vicedecano, y en su defecto al Vocal de más edad, ocupar en caso de dimisión, cese o fallecimiento del Decano-Presidente el puesto del mismo hasta la celebración de nuevas elecciones, que deberán ser convocadas de manera inmediata por la Junta de Gobierno.
3. En caso de ausencia o enfermedad del Secretario General será substituido por el Vocal que la Junta designe o, en su defecto, por el de menor edad. En caso de dimisión, cese o fallecimiento del Secretario General, su cargo podrá ser ocupado interinamente por un Vocal de la Junta u otro colegiado designado por ella hasta el nombramiento de nuevo Secretario General.
4. La Junta de Gobierno designará entre los Vocales que la formen al que haya de desempeñar el cargo de Interventor.
5. Así mismo, la Junta de Gobierno designará un vocal de la misma que actúe en representación de los colegiados no de número cuando no hayan obtenido representación directa en el proceso electoral.