Real Decreto 4/2018, de 12 de enero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación (COITT).
BOE-A-2018-556 · Boletín Oficial del Estado, 2018-01-17 · Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Real Decreto 4/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 4/2018
- Fecha de la disposición
- 2018-01-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 15, 2018-01-17
- Entrada en vigor
- 2018-01-18
- Departamento
- Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 90
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-556
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Decreto 332/1974, de 31 de enero, autorizó la constitución del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación y los primeros Estatutos fueron aprobados por Decreto 1251/1976, de 8 de abril.
El Real Decreto 418/2006, de 7 de abril, aprobó los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación y derogó los Estatutos aprobados por Decreto 1251/1976, de 8 de abril.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación de los Estatutos.
- Disposición transitoria única. Inscripción de sociedades profesionales
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Titulo competencial.
- Disposición final segunda. Salvaguarda de las competencias autonómicas.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Denominación, naturaleza jurídica y regulación.
- Artículo 2. Sede.
- Artículo 3. Ámbito.
- Artículo 4. Fines y funciones del Colegio.
- Artículo 5. Miembros.
- Artículo 6. Colegiación.
- Artículo 7. Ejercicio de la profesión.
- Artículo 8. Solicitud de colegiación.
- Artículo 9. Pérdida de la condición de colegiado. Baja de las sociedades profesionales.
- Artículo 10. Obligaciones de los colegiados. Deberes de las sociedades profesionales.
- Artículo 11. Derechos de los colegiados. Derechos de las sociedades profesionales.
- Artículo 12. Registro de colegiados.
- Artículo 13. Bajas y reincorporaciones.
- Artículo 14. Formas de ejercicio profesional. Sociedades Profesionales.
- Artículo 15. Registro de Sociedades Profesionales.
- Artículo 16. Defensa de los colegiados.
- Artículo 17. Visado.
- Artículo 18. Organización territorial del Colegio.
- Artículo 19. Denominación y Sede de las Demarcaciones territoriales.
- Artículo 20. Regulación de las Demarcaciones territoriales.
- Artículo 21. Constitución del Colegio.
- Artículo 22. Órganos Rectores.
- Artículo 23. La Junta General.
- Artículo 24. Funciones de la Junta General.
- Artículo 25. Reuniones ordinarias de la Junta General.
- Artículo 26. Reuniones extraordinarias de la Junta General.
- Artículo 27. Deliberaciones de la Junta General.
- Artículo 28. Funcionamiento de la Junta General.
- Artículo 29. La Junta de Gobierno.
- Artículo 30. Miembros elegibles.
- Artículo 31. Reuniones de la Junta de Gobierno.
- Artículo 32. Acuerdos de la Junta de Gobierno.
- Artículo 33. Asistencia a las sesiones de la Junta extraordinaria de Gobierno.
- Artículo 34. Comisiones de trabajo.
- Artículo 35. Atribuciones de la Junta de Gobierno.
- Artículo 36. Del Decano-Presidente.
- Artículo 37. Funciones del Decano-Presidente.
- Artículo 38. Del Vicedecano.
- Artículo 39. Del Secretario General.
- Artículo 40. Del Vicesecretario.
- Artículo 41. Del Tesorero.
- Artículo 42. Del Vicetesorero.
- Artículo 43. De los vocales.
- Artículo 44. Consejo de Decanos.
- Artículo 45. Competencias del Consejo de Decanos.
- Artículo 46. Duración del mandato de los miembros no electos y sesiones del Consejo de Decanos.
- Artículo 47. El Consejo Asesor.
- Artículo 48. Composición y competencias.
- Artículo 49. Órganos de las Demarcaciones territoriales.
- Artículo 50. La Junta General de la Demarcación territorial.
- Artículo 51. La Junta Directiva de la Demarcación.
- Artículo 52. Competencias de la Junta Directiva de la Demarcación.
- Artículo 53. Atribuciones de la Junta Directiva de la Demarcación.
- Artículo 54. Miembros de la Junta Directiva de la Demarcación.
- Artículo 55. Del Decano territorial.
- Artículo 56. Instituciones del Colegio.
- Artículo 57. Servicios generales del Colegio.
- Artículo 58. Secretaría General territorial.
- Artículo 59. Requisitos generales.
- Artículo 60. Régimen electoral.
- Artículo 61. Recursos económicos del Colegio.
- Artículo 62. Patrimonio del Colegio.
- Artículo 63. Recaudación de los recursos económicos.
- Artículo 64. Presupuesto general del Colegio.
- Artículo 65. Administración del presupuesto.
- Artículo 66. Régimen disciplinario.
- Artículo 67. Derechos de los colegiados expedientados.
- Artículo 68. Expedientes disciplinarios.
- Artículo 69. Clasificación de las faltas.
- Artículo 70. Faltas leves.
- Artículo 71. Faltas graves.
- Artículo 72. Faltas muy graves.
- Artículo 73. Sanciones disciplinarias.
- Artículo 74. Responsabilidad disciplinaria.
- Artículo 75. Régimen supletorio.
- Artículo 76. Recursos contra los actos colegiales.
- Artículo 77. Nulidad de los actos colegiales.
- Artículo 78. Modificación de los Estatutos.
- Artículo 79. De la segregación de las Demarcaciones.
- Artículo 80. Disolución del Colegio.
- Artículo 81. Comunicación de la disolución del Colegio.
- Artículo 82. Ventanilla única.
- Artículo 83. Servicio de atención a los colegiados y a los consumidores o usuarios.
- Artículo 84. Memoria Anual.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 4/2018?
- Real Decreto 4/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 4/2018?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.