Artículo 60. Régimen electoral.
Artículo 60 del Real Decreto 4/2018, de 12 de enero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación (COITT). · BOE-A-2018-556
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-18.
Texto consolidado
1. El régimen electoral será el establecido en el Reglamento general de régimen interior.
2. Los miembros de la Junta Directiva de la Demarcación serán elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto, a través del mismo procedimiento establecido para la Junta de Gobierno, siendo electores y elegibles los colegiados adscritos al territorio.
3. Con motivo de las elecciones, se publicará un censo actualizado de colegiados, el cual estará disponible para consulta en la sede del Colegio a partir de la fecha de su convocatoria.