Artículo 78. Modificación de los Estatutos.
Artículo 78 del Real Decreto 4/2018, de 12 de enero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación (COITT). · BOE-A-2018-556
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-18.
Texto consolidado
La reforma de los Estatutos sólo podrá verificarse por acuerdo de la Junta General extraordinaria que deberá ser adoptado por mayoría de las tres cuartas partes de los colegiados, entre asistentes y representados, a propuesta de la Junta de Gobierno, previo informe del Consejo de Decanos. Posteriormente se remitirá a la Administración pública competente, para su tramitación legal. De este régimen especial de mayoría quedan excluidas las modificaciones impuestas por la Administración como requisito de legalidad para la aprobación por el Consejo de Ministros de los Estatutos.