Real Decreto 267/2025, de 8 de abril, por el que se modifica la denominación de la Real Academia Nacional de Farmacia y se aprueban sus Estatutos.
BOE-A-2025-8649 · Boletín Oficial del Estado, 2025-05-01 · Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Real Decreto 267/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 267/2025
- Fecha de la disposición
- 2025-04-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 105, 2025-05-01
- Entrada en vigor
- 2025-05-02
- Departamento
- Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 34
- Identificador BOE
- BOE-A-2025-8649
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Real Academia de Farmacia tiene su origen en 1737, año en el que una Real Cédula de Felipe V aprueba los Estatutos del Real Colegio de Profesores Boticarios de Madrid.
Desde esa fecha ha venido funcionando con diversos títulos y, entre los años 1741 y 1830, se impartieron en la citada institución enseñanzas de Farmacia, Química y Botánica e Historia Natural, hasta que los estudios farmacéuticos se configuraron como enseñanzas oficiales impartidas en la Universidad.
Posteriormente, en el año 1895 fue declarada Corporación oficial y por Decreto de 9 de agosto de 1946 se integró en el Instituto de España.
Índice del articulado
- Artículo 1. Denominación.
- Artículo 2. Aprobación de los Estatutos de la Real Academia Nacional de Farmacia de España.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1160/2010, de 17 de septiembre, por el que se regula el Instituto de España.
- Disposición final segunda. Títulos competenciales.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Denominación, naturaleza jurídica y sede.
- Artículo 2. Relación con la Administración General del Estado.
- Artículo 3. Régimen jurídico.
- Artículo 4. Objetivo y fines.
- Artículo 5. Funciones.
- Artículo 6. Régimen de las personas Académicas.
- Artículo 7. Elegibilidad.
- Artículo 8. Personas Académicas Numerarias.
- Artículo 9. Personas Académicas Correspondientes.
- Artículo 10. Personas Académicas Correspondientes Extranjeras.
- Artículo 11. Personas Académicas Supernumerarias.
- Artículo 12. Personas Académicas de Honor.
- Artículo 13. Personas Académicas Correspondientes Institucionales.
- Artículo 14. Instituciones protectoras y cátedras extraordinarias.
- Artículo 15. El Pleno.
- Artículo 16. La Junta de Gobierno.
- Artículo 17. Cargos directivos.
- Artículo 18. Las Secciones.
- Artículo 19. Las Juntas de Sección.
- Artículo 20. Sesiones.
- Artículo 21. Planificación de la actividad.
- Artículo 22. Actividad de las Secciones.
- Artículo 23. Modificación de los Estatutos.
- Artículo 24. Desarrollo de los Estatutos.
- Artículo 25. Fondos de la Academia.
- Artículo 26. Aplicación de los fondos.
- Artículo 27. Contabilidad.
- Disposición transitoria única. Plazas vacantes actuales de ciencias farmacéuticas afines.
Normas a las que afecta (2)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 267/2025?
- Real Decreto 267/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 267/2025?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.