Artículo 23. Modificación de los Estatutos.
Artículo 23 del Real Decreto 267/2025, de 8 de abril, por el que se modifica la denominación de la Real Academia Nacional de Farmacia y se aprueban sus Estatutos. · BOE-A-2025-8649
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-02.
Texto consolidado
Cualquier modificación de los Estatutos deberá ser propuesta por la Academia al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, o al que en su caso corresponda, previa aprobación interna por el Pleno en una sesión extraordinaria convocada expresamente a tal fin al menos con un mes de antelación. Para la constitución de la sesión será precisa la asistencia de más de la mitad de las personas Académicas Numerarias.