Artículo 24. Desarrollo de los Estatutos.
Artículo 24 del Real Decreto 267/2025, de 8 de abril, por el que se modifica la denominación de la Real Academia Nacional de Farmacia y se aprueban sus Estatutos. · BOE-A-2025-8649
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-02.
Texto consolidado
Los Estatutos serán desarrollados mediante un Reglamento de Régimen Interior.
La aprobación de este y las eventuales modificaciones subsiguientes corresponden al Pleno a propuesta de la Junta de Gobierno, siendo de aplicación todos los procedimientos prescritos en el artículo anterior.