Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias.
BOE-A-2020-12822 · Boletín Oficial del Estado, 2020-10-23 · Ministerio de Justicia
Orden JUS/987/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden JUS/987/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-10-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 280, 2020-10-23
- Entrada en vigor
- 2020-10-24
- Departamento
- Ministerio de Justicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 38
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-12822
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La aprobación del Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, ha introducido importantes modificaciones a la estructura organizativa anterior del Departamento.
En este sentido, el Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, atiende a la necesidad de adaptar y desarrollar la estructura orgánica del Ministerio de Justicia a la nueva estructura orgánica básica dispuesta por el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales. También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica a la organización y funcionamiento del Ministerio, al adecuar aquella a la estructura de órganos directivos actualmente existente.
Índice del articulado
- Artículo 1. Delegación de competencias.
- Artículo 2. Aprobación de delegaciones.
- Artículo 3. Fijación de límites y delegación de competencias para la Administración de los créditos para gasto.
- Artículo 4. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría de Estado de Justicia.
- Artículo 5. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia.
- Artículo 6. Delegación de competencias en la persona titular de la Subsecretaría.
- Artículo 7. Delegación de competencias en la persona titular de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
- Artículo 8. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
- Artículo 9. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General Técnica.
- Artículo 10. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia.
- Artículo 11. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia.
- Artículo 12. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
- Artículo 13. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos.
- Artículo 14. Delegación de competencias en las personas titulares de las Gerencias Territoriales.
- Artículo 15. Delegación de competencias en otros órganos.
- Artículo 16. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia.
- Artículo 16 bis. Delegación de competencias en la persona titular de la Subsecretaría.
- Artículo 17. Delegación de competencias en las personas titulares de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, de la Dirección General de Transformación Digital…
- Artículo 18. Delegación de competencias en las personas titulares de las Gerencias Territoriales.
- Artículo 19. Delegación de competencias en órganos de la Fiscalía General del Estado.
- Artículo 20. Delegación de competencias en otros órganos.
- Artículo 21. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección General para la Innovación y Calidad de la Oficina Judicial y Fiscal y en las gerencias territor…
- Artículo 22. Delegación de competencias en las personas titulares de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, de la Dirección General…
- Artículo 23. Delegación de competencias en la persona titular de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
- Artículo 24. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
- Artículo 25. Delegación de competencias en los Abogados del Estado con rango de Subdirectores Generales y Abogados del Estado-Jefes ante los Tribunales y en los Ministerios.
- Artículo 26. Delegación de competencias en los Abogados del Estado-Jefes en las Comunidades Autónomas.
- Artículo 27. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección del Centro de Estudios Jurídicos.
- Artículo 28. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos.
- Artículo 29. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección General de Información Administrativa e Inspección General de Servicios.
- Artículo 30. Delegación de competencias en el Subdirector General de los Servicios Contenciosos y en los abogados del Estado-jefes en las comunidades autónomas.
- Artículo 31. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección General de Documentación y Publicaciones.
- Artículo 32. Delegación de competencias en las personas titulares de las Gerencias Territoriales.
- Artículo 33. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección General de Colaboración Institucional para el Servicio Público de Justicia.
- Artículo 34. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia.
- Artículo 35. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección General para la Innovación y Calidad de la Oficina Judicial y Fiscal.
- Artículo 36. Eficacia.
- Disposición final única. Ejercicio de competencias delegadas.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden JUS/987/2020?
- Orden JUS/987/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden JUS/987/2020?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden JUS/987/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.