Artículo 1. Delegación de competencias.
Artículo 1 de la Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias. · BOE-A-2020-12822
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-10-24.
Texto consolidado
Se delega en el órgano superior y en los órganos directivos del Departamento mencionados en la presente orden el ejercicio de las competencias que se indican.