Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.
BOE-A-2020-3513 · Boletín Oficial del Estado, 2020-03-12 · Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Real Decreto 453/2020 está derogada desde el 2024-02-28: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 453/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-03-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 63, 2020-03-12
- Entrada en vigor
- 2020-03-13
- Departamento
- Ministerio de Política Territorial y Función Pública
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2024-02-28
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 25
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-3513
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, establece en su artículo 3 que corresponde al Ministerio de Justicia la propuesta y ejecución de la política del Gobierno para el desarrollo del ordenamiento jurídico, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos, las relaciones del Gobierno con la Administración de Justicia, con el Consejo General del Poder Judicial y con el Ministerio Fiscal, a través del Fiscal General del Estado, y la cooperación jurídica internacional, así como las demás funciones atribuidas por las leyes.
Índice del articulado
- Artículo 1. Organización general del departamento.
- Artículo 2. Secretaría de Estado de Justicia.
- Artículo 3. Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia.
- Artículo 4. Dirección General para el Servicio Público de Justicia.
- Artículo 5. Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.
- Artículo 6. Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia.
- Artículo 7. Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
- Artículo 8. Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos.
- Artículo 9. Subsecretaría de Justicia.
- Artículo 10. Secretaría General Técnica.
- Artículo 11. Abogacía General del Estado.
- Disposición adicional primera. Supresión de órganos y unidades.
- Disposición adicional segunda. Referencias a órganos suprimidos.
- Disposición adicional tercera. Delegación de competencias.
- Disposición adicional cuarta. Suplencia de los titulares de los órganos superiores y directivos.
- Disposición adicional quinta. Adscripción de Abogados del Estado al Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Disposición adicional sexta. Consolidación de las unidades TIC.
- Disposición Adicional Séptima. Protección y Tratamiento de Datos Personales.
- Disposición transitoria única. Distribución de unidades y puestos adscritos a servicios comunes.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo y ejecución.
- Disposición final tercera. Órganos colegiados de alcance puramente ministerial.
- Disposición final cuarta. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 453/2020?
- Real Decreto 453/2020 está derogada desde el 2024-02-28: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 453/2020?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 453/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.