Disposición adicional sexta. Consolidación de las unidades TIC.
Disposición adicional sexta del Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio. · BOE-A-2020-3513
Atención: Real Decreto 453/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el ejercicio de las funciones de implementación y desarrollo de la política en materia de tecnologías de la información y de las comunicaciones en el ámbito sectorial del Ministerio, la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia promoverá, en colaboración con las unidades competentes del Ministerio y de sus organismos adscritos, la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados.
Igualmente, con independencia de las funciones atribuidas a la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia, mantendrán su dependencia orgánica actual y los correspondientes recursos las unidades TIC integradas en la relación de puestos de trabajo de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.#ap
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