Disposición adicional primera. Supresión de órganos y unidades.
Disposición adicional primera del Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio. · BOE-A-2020-3513
Atención: Real Decreto 453/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Quedan suprimidas:
a) La Subdirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y el Ministerio Fiscal.
b) La Subdirección General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia.
c) La Subdirección General de Recursos Económicos de la Administración de Justicia.
d) La Subdirección General de Organización y Coordinación Territorial de la Administración de Justicia.
e) La Subdirección General de Programación de la Modernización.
f) La Subdirección General de Nuevas Tecnologías de la Justicia.
g) La Subdirección General de Registros Administrativos de Apoyo a la Actividad Judicial.
h) La Subdirección General para los Asuntos de Justicia en la Unión Europea y Organismos Internacionales.
i) La Subdirección General de Contratación, Servicios y Oficialía Mayor.
j) La División de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Más artículos de Real Decreto 453/2020
- ← Artículo 11. Abogacía General del Estado.
- → Disposición adicional segunda. Referencias a órganos suprimidos.
- Ver la norma completa: Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.