Ley Foral 15/2009, de 9 de diciembre, de medidas de simplificación administrativa para la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales.
BOE-A-2010-596 · Boletín Oficial del Estado, 2010-01-15 · Comunidad Foral de Navarra
Ley Foral 15/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley Foral 15/2009 regula medidas de simplificación administrativa para facilitar la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales en la Comunidad Foral de Navarra. Esta norma es aplicable a personas físicas y jurídicas que deseen iniciar o ampliar actividades económicas desde su entrada en vigor el 10 de diciembre de 2009.
Entre los puntos clave, la ley establece la eliminación de cargas administrativas innecesarias, la creación de una Oficina de Tramitación de Actividades Económicas que centraliza información y asesoramiento, y la promoción de la administración electrónica como medio preferente de comunicación. Además, se introducen mecanismos como la declaración responsable y la comunicación previa, que permiten iniciar actividades de manera más ágil, sustituyendo el control administrativo previo por un control posterior. También se contempla la reducción de plazos en la tramitación de proyectos declarados de interés foral, así como la obligación de los departamentos de revisar y simplificar procedimientos administrativos. Esta ley no está derogada y sigue vigente en la actualidad.
Datos clave
- Rango
- Ley Foral 15/2009
- Fecha de la disposición
- 2009-12-09
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 13, 2010-01-15
- Entrada en vigor
- 2009-12-19
- Departamento
- Comunidad Foral de Navarra
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 23
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-596
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente
LEY FORAL DE MEDIDAS DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA PUESTA EN MARCHA DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES O PROFESIONALES
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Finalidades.
- Artículo 3. Clasificación de las medidas.
- Artículo 4. Inversiones de interés foral.
- Artículo 5. Elaboración de protocolos.
- Artículo 6. Oficina de Tramitación de Actividades Económicas para la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales.
- Artículo 7. Portal de servicios a las empresas y profesionales.
- Artículo 8. Obligaciones de información.
- Artículo 9. Estudio de cargas administrativas.
- Artículo 10. Revisión de procedimientos.
- Artículo 11. La declaración responsable.
- Artículo 12. La comunicación previa.
- Artículo 13. Presentación y control por la Administración de la declaración responsable y de la comunicación previa.
- Artículo 14. Licencias condicionadas
- Artículo 15. Presentación telemática de proyectos y visados.
- Artículo 16. Visado documental y visado de idoneidad.
- Artículo 17. Libros de registro.
- Disposición adicional primera. Revisión procedimental.
- Disposición adicional segunda. Funcionamiento de la Oficina de Tramitación de Actividades Económicas
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.
- Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo de la presente Ley Foral.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Foral 15/2009?
- Ley Foral 15/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Foral 15/2009?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.