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Ley Foral Vigente

Artículo 7. Portal de servicios a las empresas y profesionales.

Artículo 7 de la Ley Foral 15/2009, de 9 de diciembre, de medidas de simplificación administrativa para la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales. · BOE-A-2010-596

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-19.

Texto consolidado

En el plazo máximo de seis meses, el Departamento al que esté adscrita la Oficina de Tramitación de Actividades Económicas, en colaboración con el resto de Departamentos competentes, definirá y pondrá en marcha su portal específico de servicios a las empresas y profesionales en el Portal en Internet del Gobierno de Navarra y coordinará sus contenidos, garantizando su actualización y mantenimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-12-19.

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