Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 de la Ley Foral 15/2009, de 9 de diciembre, de medidas de simplificación administrativa para la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales. · BOE-A-2010-596
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-19.
Texto consolidado
1. El objeto de la presente Ley Foral es la regulación de un conjunto de medidas de simplificación administrativa que faciliten a las personas físicas o jurídicas la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
2. La presente Ley Foral se aplicará, entre otras cuestiones, a los procesos de información, asesoramiento en la tramitación y resolución administrativa que afecte a proyectos de implantación empresarial o de adecuación y ampliación de actividades que permitan impulsar la economía y el empleo en la Comunidad Foral de Navarra, y dinamizar el modelo productivo.
3. Esta Ley Foral no se aplicará al ámbito tributario.