Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León.
BOE-A-1998-20057 · Boletín Oficial del Estado, 1998-08-18 · Comunidad de Castilla y León
Ley 4/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 4/1998
- Fecha de la disposición
- 1998-06-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 197, 1998-08-18
- Entrada en vigor
- 1998-07-02
- Departamento
- Comunidad de Castilla y León
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 62
- Identificador BOE
- BOE-A-1998-20057
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en la materia de casinos, juegos y apuestas, con exclusión de las apuestas mutuas deportivo-benéficas, lo que la habilita para el ejercicio de facultades tanto legislativas como ejecutivas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 149 de la Constitución.
En desarrollo de estas facultades se dicta la presente Ley, que tiene por objeto abordar de una manera global y sistemática la actividad del juego y las apuestas, estableciendo las reglas básicas a las que debe ajustarse la ordenación de este sector.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Catálogo de Juegos y Apuestas de Castilla y León.
- Artículo 4. Autorizaciones, comunicaciones o declaraciones responsables.
- Artículo 5. Juegos y apuestas prohibidos.
- Artículo 6. Publicidad, patrocinio y promoción del juego y de las apuestas.
- Artículo 7. Registro de visitantes y Servicio de control de acceso.
- Artículo 7 bis. Limitaciones subjetivas de acceso y práctica del juego y de las apuestas y Registro de Interdicciones de Acceso al Juego de la Comunidad de Castilla y León.
- Artículo 8. Material de juego y apuestas.
- Artículo 9. Competencias de la Junta de Castilla y León.
- Artículo 10. Competencias de la Consejería competente en materia de juego y apuestas.
- Artículo 11. Registro de Juegos y Apuestas de Castilla y León.
- Artículo 12. De los establecimientos.
- Artículo 13. Casinos de juego.
- Artículo 14. Salas de bingo.
- Artículo 15. Salones de juego.
- Artículo 16. Casas de apuestas.
- Artículo 17. Otros establecimientos.
- Artículo 18. Máquinas de juego.
- Artículo 19. Rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias.
- Artículo 20. Apuestas.
- Artículo 21. Boletos.
- Artículo 22. Empresas de juego.
- Artículo 22 bis. Derechos y obligaciones de las empresas titulares de autorización para la realización de juegos y apuestas.
- Artículo 23. Entidades titulares de casinos.
- Artículo 24. Entidades titulares de bingo.
- Artículo 25. Empresas operadoras de máquinas de juego.
- Artículo 26. Personal empleado.
- Artículo 26 bis. Derechos y obligaciones de los jugadores.
- Artículo 27. Creación.
- Artículo 28. Funciones.
- Artículo 28 bis. Creación.
- Artículo 28 ter. Funciones.
- Artículo 29. Inspección de juego.
- Artículo 30. Infracciones administrativas.
- Artículo 31. Responsables de las infracciones.
- Artículo 32. Infracciones muy graves.
- Artículo 33. Infracciones graves.
- Artículo 34. Infracciones leves.
- Artículo 35. Sanciones.
- Artículo 36. Graduación de las sanciones.
- Artículo 36 bis. Destino de las sanciones.
- Artículo 37. Competencia sancionadora.
- Artículo 38. Prescripción.
- Artículo 39. Medidas cautelares.
- Artículo 40. Comiso del material de juego y apuestas.
- Artículo 41. Procedimiento sancionador.
- Artículo 42. Principios rectores de la actividad de los juegos y de las apuestas.
- Artículo 43. Juego responsable.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta. Liberalización del mercado de máquinas de juego de tipo “B”.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (13)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el art.14.3 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 4/1998?
- Ley 4/1998 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 4/1998?
- El BOE registra 13 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 4/1998?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.