Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta de la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León. · BOE-A-1998-20057
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-02.
Texto consolidado
Las funciones de inspección y control, hasta que se dé cumplimiento a lo previsto en el título V, se ejercerán por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en virtud de los correspondientes Convenios y Acuerdos entre la Administración de la Comunidad Autónoma y la Administración del Estado.