Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
BOE-A-2007-18874 · Boletín Oficial del Estado, 2007-10-31 · Jefatura del Estado
Ley 30/2007 está derogada desde el 2011-12-16: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 30/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-10-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 261, 2007-10-31
- Entrada en vigor
- 2008-04-30
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2011-12-16
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 384
- Identificador BOE
- BOE-A-2007-18874
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Ámbito subjetivo.
- Artículo 4. Negocios y contratos excluidos.
- Artículo 5. Calificación de los contratos.
- Artículo 6. Contrato de obras.
- Artículo 7. Contrato de concesión de obras públicas.
- Artículo 8. Contrato de gestión de servicios públicos.
- Artículo 9. Contrato de suministro.
- Artículo 10. Contrato de servicios.
- Artículo 11. Contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado.
- Artículo 12. Contratos mixtos.
- Artículo 13. Delimitación general.
- Artículo 14. Contratos de obras y de concesión de obras públicas sujetos a una regulación armonizada: umbral.
- Artículo 15. Contratos de suministro sujetos a una regulación armonizada: umbral.
- Artículo 16. Contratos de servicios sujetos a una regulación armonizada: umbral.
- Artículo 17. Contratos subvencionados sujetos a una regulación armonizada.
- Artículo 18. Régimen aplicable a los contratos del sector público.
- Artículo 19. Contratos administrativos.
- Artículo 20. Contratos privados.
- Artículo 21. Jurisdicción competente.
- Artículo 22. Necesidad e idoneidad del contrato.
- Artículo 23. Plazo de duración de los contratos.
- Artículo 24. Ejecución de obras y fabricación de bienes muebles por la Administración, y ejecución de servicios con la colaboración de empresarios particulares.
- Artículo 25. Libertad de pactos.
- Artículo 26. Contenido mínimo del contrato.
- Artículo 27. Perfección de los contratos.
- Artículo 28. Carácter formal de la contratación del sector público.
- Artículo 29. Remisión de contratos al Tribunal de Cuentas.
- Artículo 30. Datos estadísticos.
- Artículo 31. Supuestos de invalidez.
- Artículo 32. Causas de nulidad de derecho administrativo.
- Artículo 33. Causas de anulabilidad de derecho administrativo.
- Artículo 34. Revisión de oficio.
- Artículo 35. Efectos de la declaración de nulidad.
- Artículo 36. Causas de invalidez de derecho civil.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 37. Supuestos especiales de nulidad contractual.
- Artículo 38. Consecuencias jurídicas de la declaración de nulidad en los supuestos del artículo anterior.
- Artículo 39. Interposición de la cuestión de nulidad.
- Artículo 40. Competencia para contratar.
- Artículo 41. Responsable del contrato.
- Artículo 42. Perfil de contratante.
- Artículo 43. Condiciones de aptitud.
- Artículo 44. Empresas no comunitarias.
- Artículo 45. Condiciones especiales de compatibilidad.
- Artículo 46. Personas jurídicas.
- Artículo 47. Empresas comunitarias.
- Artículo 48. Uniones de empresarios.
- Artículo 49. Prohibiciones de contratar.
- Artículo 50. Declaración de la concurrencia de prohibiciones de contratar y efectos.
- Artículo 51. Exigencia de solvencia.
- Artículo 52. Integración de la solvencia con medios externos.
- Artículo 53. Concreción de las condiciones de solvencia.
- Artículo 54. Exigencia de clasificación.
- Artículo 55. Exención de la exigencia de clasificación.
- Artículo 56. Criterios aplicables y condiciones para la clasificación.
- Artículo 57. Competencia para la clasificación.
- Artículo 58. Inscripción registral de la clasificación.
- Artículo 59. Plazo de vigencia y revisión de las clasificaciones.
- Artículo 60. Comprobación de los elementos de la clasificación.
- Artículo 61. Acreditación de la capacidad de obrar.
- Artículo 62. Prueba de la no concurrencia de una prohibición de contratar.
- Artículo 63. Medios de acreditar la solvencia.
- Artículo 64. Solvencia económica y financiera.
- Artículo 65. Solvencia técnica en los contratos de obras.
- Artículo 66. Solvencia técnica en los contratos de suministro.
- Artículo 67. Solvencia técnica o profesional en los contratos de servicios.
- Artículo 68. Solvencia técnica o profesional en los restantes contratos.
- Artículo 69. Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad.
- Artículo 70. Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental.
- Artículo 70. bis.
- Artículo 71. Documentación e información complementaria.
- Artículo 72. Certificaciones de Registros Oficiales de Licitadores y Empresas Clasificadas.
- Artículo 73. Certificados comunitarios de clasificación.
- Artículo 73 bis. Supuestos de sucesión del contratista.
- Artículo 74. Objeto del contrato.
- Artículo 75. Precio.
- Artículo 76. Cálculo del valor estimado de los contratos.
- Artículo 77. Procedencia y límites.
- Artículo 78. Sistema de revisión de precios.
- Artículo 79. Fórmulas.
- Artículo 80. Coeficiente de revisión.
- Artículo 81. Revisión en casos de demora en la ejecución.
- Artículo 82. Pago del importe de la revisión.
- Artículo 83. Exigencia de garantía.
- Artículo 84. Garantías admitidas.
- Artículo 85. Régimen de las garantías prestadas por terceros.
- Artículo 86. Garantía global.
- Artículo 87. Constitución, reposición y reajuste de garantías.
- Artículo 88. Responsabilidades a que están afectas las garantías.
- Artículo 89. Preferencia en la ejecución de garantías.
- Artículo 90. Devolución y cancelación de las garantías.
- Artículo 91. Exigencia y régimen.
- Artículo 92. Supuestos y régimen.
- Artículo 92 bis. Supuestos
- Artículo 92 ter. Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación.
- Artículo 92 quáter. Modificaciones no previstas en la documentación que rige la licitación.
- Artículo 92 quinquies. Procedimiento.
- Artículo 93. Expediente de contratación: iniciación y contenido.
- Artículo 94. Aprobación del expediente.
- Artículo 95. Expediente de contratación en contratos menores.
- Artículo 96. Tramitación urgente del expediente.
- Artículo 97. Tramitación de emergencia.
- Artículo 98. Pliegos de cláusulas administrativas generales.
- Artículo 99. Pliegos de cláusulas administrativas particulares.
- Artículo 100. Pliegos de prescripciones técnicas.
- Artículo 101. Reglas para el establecimiento de prescripciones técnicas.
- Artículo 102. Condiciones especiales de ejecución del contrato.
- Artículo 103. Información sobre las obligaciones relativas a la fiscalidad, protección del medio ambiente, empleo y condiciones laborales.
- Artículo 104. Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo.
- Artículo 105. Proyecto de obras.
- Artículo 106. Clasificación de las obras.
- Artículo 107. Contenido de los proyectos y responsabilidad derivada de su elaboración.
- Artículo 108. Presentación del proyecto por el empresario.
- Artículo 109. Supervisión de proyectos.
- Artículo 110. Replanteo del proyecto.
- Artículo 111. Contenido de los pliegos de cláusulas administrativas en los contratos de obra con abono total del precio.
- Artículo 112. Estudio de viabilidad.
- Artículo 113. Anteproyecto de construcción y explotación de la obra.
Normas que la modifican o afectan (18)
Normas a las que afecta (16)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 30/2007?
- Ley 30/2007 está derogada desde el 2011-12-16: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 30/2007?
- El BOE registra 18 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 30/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.