Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
BOE-A-2009-8053 · Boletín Oficial del Estado, 2009-05-15 · Ministerio de Economía y Hacienda
Real Decreto 817/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-06.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 817/2009
- Fecha de la disposición
- 2009-05-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 118, 2009-05-15
- Entrada en vigor
- 2009-06-16
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-06
- Artículos
- 45
- Identificador BOE
- BOE-A-2009-8053
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La aprobación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, ha supuesto la incorporación al Derecho Español de importantes novedades en el ámbito de la Contratación Pública. Buena parte de ellas proceden del Derecho Comunitario Europeo, tanto de las Directivas que establecen las normas de armonización de las legislaciones de los Estados miembros con respecto a los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos, como de otras iniciativas legislativas o políticas de los órganos de la Unión Europea o incluso de la propia práctica de las legislaciones vigentes en los diferentes Estados europeos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Criterios técnicos de solvencia económica y financiera.
- Artículo 2. Justificación del mantenimiento de la solvencia económica y financiera de las empresas clasificadas.
- Artículo 3. Comprobación de los datos de solvencia económica y financiera de las empresas clasificadas.
- Artículo 4. Revisión de oficio de clasificaciones por causas relativas a la solvencia económica y financiera.
- Artículo 5. Expedientes de revisión de clasificaciones por causas relativas a la solvencia económica y financiera.
- Artículo 6. Informes y propuestas de resolución.
- Artículo 7. Recursos.
- Artículo 8. Régimen organizativo.
- Artículo 9. Clases de inscripciones.
- Artículo 10. Inscripción de la clasificación.
- Artículo 11. Práctica de la inscripción de la clasificación.
- Artículo 12. Inscripción de las prohibiciones de contratar.
- Artículo 13. Práctica de la inscripción.
- Artículo 14. Efectos de la inscripción de las prohibiciones de contratar.
- Artículo 15. Actos inscribibles voluntariamente.
- Artículo 16. Circunstancias de las inscripciones voluntarias.
- Artículo 17. Práctica de las inscripciones voluntarias.
- Artículo 18. Obligaciones de los empresarios inscritos.
- Artículo 19. Efectos de la inscripción en el Registro.
- Artículo 20. Certificaciones relativas a las inscripciones.
- Artículo 21. Composición de las mesas de contratación.
- Artículo 22. Funciones de las mesas de contratación.
- Artículo 23. Mesa de diálogo competitivo.
- Artículo 24. Mesa de contratación del sistema estatal de contratación centralizada.
- Artículo 25. Órgano competente para la valoración.
- Artículo 26. Presentación de la documentación relativa a los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor.
- Artículo 27. Apertura de los sobres.
- Artículo 28. Composición del comité de expertos.
- Artículo 29. Designación de los órganos que deban efectuar la valoración.
- Artículo 30. Práctica de la valoración.
- Artículo 31. Contenido de las comunicaciones al Registro de Contratos del Sector Público.
- Disposición adicional única. Uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
- Disposición transitoria primera. Comunicación de datos al Registro de Contratos del Sector Público.
- Disposición transitoria segunda. Régimen Transitorio de las normas relativas al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
- Disposición transitoria tercera. Mesas de contratación actualmente constituidas.
- Disposición transitoria cuarta. Expedientes iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Normas de carácter básico y no básico.
- Disposición final segunda. Modelos de anuncios.
- Disposición final tercera. Anexos I y II de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- Disposición final cuarta. Anexos I, II.A y II.B de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los Sectores del Agua, la Energía, el Transporte y l…
- Disposición final quinta. Modificación del artículo 179.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Disposición final sexta. Modificación del artículo 28.4 del Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre.
- Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto 706/1997, de 16 de mayo, por el que se desarrolla el régimen de control interno de la Intervención General de la Segurid…
- Disposición final octava. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta de conformidad | Orden EHA/1490/2010, de 28 de mayo, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado. |
| Corrección de errores | en BOE num. 147 de 18 de junio de 2009 |
| Corrección de errores | en BOE num. 169 de 14 de julio de 2009 |
| Corrección de errores | , sustituyendo los anexos II A y B, en BOE núm. 239, de 3 de octubre de 2009 |
| Se modifica | la disposición final 2 y lo indicado del anexo II, por Real Decreto 300/2011, de 4 de marzo |
Normas a las que afecta (5)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 817/2009?
- Real Decreto 817/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-06.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 817/2009?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 817/2009?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.