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Ley 3/2021, de 20 de mayo, por la que se regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social.

BOE-A-2021-10673 · Boletín Oficial del Estado, 2021-06-26 · Comunidad Autónoma de Aragón

Ley 3/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-26.

Resumen

La Ley 3/2021, de 20 de mayo, regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social. Esta norma aplica a las personas empadronadas en Aragón que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica y no cumplan los requisitos para acceder al Ingreso Mínimo Vital (IMV), así como a quienes sí lo hagan, complementando su prestación.

Entre los puntos clave de la ley, se establece que la Prestación Aragonesa Complementaria es un derecho subjetivo que garantiza apoyo económico a quienes carecen de ingresos suficientes. Se reconoce la condición de beneficiarios a grupos vulnerables específicos, como jóvenes emancipados o víctimas de violencia de género. Además, se crea un Servicio Público Aragonés de Inclusión Social que proporciona programas de apoyo y acompañamiento a personas en riesgo de exclusión social, promoviendo su inclusión efectiva. La ley también establece mecanismos de reclamación y seguimiento para asegurar la correcta implementación de estas prestaciones.

No obstante, esta ley deroga expresamente la anterior normativa relacionada con el Ingreso Aragonés de Inserción y otras disposiciones que regulaban la materia.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Ley 3/2021
Fecha de la disposición
2021-05-20
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 152, 2021-06-26
Entrada en vigor
2021-05-25
Departamento
Comunidad Autónoma de Aragón
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2026-01-26
Artículos
31
Identificador BOE
BOE-A-2021-10673
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo esta Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.

PREÁMBULO

I

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (1)

Normas a las que afecta (5)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Ley 3/2021?
Ley 3/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-26.
¿Qué normas modifican o afectan a Ley 3/2021?
El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2021?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.